jueves, 20 de julio de 2017

Remuneraciones Personal de Casas Particulares

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la Resolución 2/2017 (BO 20/07/2017) estableció el salario mínimo para el Personal de Casas Particulares.
El personal que realiza tareas generales ( Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar ) cobrará:
1) A partir del 1º de Junio de 2017:
Personal con retiro Hora: $ 64,50.- Mensual: $ 7.982.00.-
Personal sin retiro Hora: $ 69.00    Mensual: $ 8.875,50.-
2) A partir del 1º de Diciembre de 2017:
Personal con retiroHora: $ 71,50.- Mensual: $ 8.837.00.-
Personal sin retiroHora: $ 76.50    Mensual: $ 9.826,50.-

viernes, 7 de julio de 2017

Feria Fiscal Invierno Año 2017

A través de la Res.Gral Nº 4089 publicada hoy en el Boletin Oficial se dispuso que la Feria Fiscal de Invierno regirá entre el 10 de julio y hasta el 21 de julio inclusive.
El receso permite que no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de AFIP.

martes, 4 de julio de 2017

Salario Mínimo Vital y Movil 2017/18

Por Resolución 3/2017 del Consejo Nacional del Empleo se fijó el Salario Mínimo, Vital y Móvil en:

a) $   8.860.- a partir del 1º de julio de 2017 ($ 44,30.- por hora)
b) $   9.500.- a partir del 1º de enero de 2018 ($ 47,50.- por hora)
b) $ 10.000.- a partir del 1º de julio de 2018 ($ 50,00.- por hora)

Feria Judicial de Invierno 2017

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la Acordada Nº 14/17 del 1 de junio de 2017, dispuso feriado judicial para los Tribunales Federales y Nacionales de la Capital Federal desde el 17 hasta el 28 de julio, ambas fechas inclusive.

lunes, 3 de julio de 2017

Declaración en Linea - Obligatorio hasta 400 empleados

La Resolución General Nro 4085 AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial estableció el  uso obligatorio de este sistema para empleadores  que registren hasta 400 empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. Dichos empleadores deberán continuar utilizando el mencionado sistema   en la medida que incrementen su nómina hasta un máximo de 450 trabajadores inclusive.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 401 y 450 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica  la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados agosto 2017 y siguientes.