La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso a
disposición, en su página Web, el programa aplicativo "Ganancias
Personas Físicas y Bienes Personales - Versión 17 Release 0".
Las novedades que se destacan en la nueva versión son las siguientes:
Impuesto a las Ganancias
1. Pantalla “Resultado Neto de 4° Categoría Fuente Argentina”, pestaña “Ingresos Gravados de 4° Categoría”:
•
Se habilitó la posibilidad de selección del encuadre conforme
las disposiciones de Decreto N° 1.242/13 y, en su caso, del Decreto N°
152/15 (Resolución General N° 3.770), de acuerdo con el montos de las
remuneraciones, haberes e ingresos obtenidos.
• Para período fiscal 2015 se agregaron los campos
correspondientes a la 2° cuota SAC año 2014 (Decreto N° 2.354/14) y año
2015 (Decreto N° 152/15).
2. Se adecuaron las pantallas "Resultado Neto de 2° Categoría
Fuente Extranjera" y "Determinación del Impuesto a las Ganancias" para
reflejar el resultado de la venta de acciones, cuotas y participaciones
sociales, títulos, bonos y demás valores (Ley N° 26.893).
3. Se actualizaron las tablas de retenciones y percepciones.
Impuesto sobre los Bienes Personales
1. Cuando en la pantalla "Bienes Situados en el Exterior" -
Rubro “Inmuebles”, el destino declarado sea alquiler, recreo o veraneo, u
otros, corresponderá que se haya declarado la renta presunta en la
pantalla “Resultado Neto de 1° Categoría Fuente Extranjera” del Impuesto
a las Ganancias.
2. Se incorporan las tablas correspondientes a:
I - Valor de los automotores, motocicletas y motos (motovehículos).
II - Valor de cotización de las monedas extranjeras.
III - Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
IV - Detalle del formato de catastro según la jurisdicción.
V - Detalle de entidades financieras.
3. Se modificó el Formulario 762: Se agrega en el R.4 - Determinación
del saldo de impuesto, el campo “Retenciones y Percepciones Impuesto
sobre los Bienes Personales” (Resolución General N° 3.818 y su
modificación).
4. Se actualizaron las tablas de retenciones y percepciones.
5. Se agregó la posibilidad de importar/exportar las retenciones y percepciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario