A través de la Resolución 3860 la AFIP estableció que las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales —correspondientes al período fiscal 2015— cuyos vencimientos operan durante el mes de abril de 2016, podrán efectuarse hasta las fechas del mes de abril de 2016 se indican a continuación:
TERMINACION
C.U.I.T. FECHA DE PRESENTACIÓN FECHA DE PAGO
0, 1 y 2 Hasta el día 21, inclusive. Hasta el día 22
3, 4 y 5 Hasta el día 22, inclusive. Hasta el día 25
6, 7, 8 y 9 Hasta el día 25, inclusive. Hasta el día 26
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