miércoles, 31 de enero de 2018

CABA - Libro de Sueldos Digital

A partir del 1º de enero de 2018 se implementó el "Sistema para la Rúbrica de Documentación Laboral de la CABA, en forma Digital", para el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Ley 20.744 (Art. 52), conforme el cronograma establecido en la RESOL-2017-2623-SSTYC, de acuerdo a la cantidad de empleados que posea el empleador en su nómina de personal, según se detalla a continuación:
  • Para los empleadores que lleven libros en formato Microfichas: Deberán comenzar a realizar las presentaciones digitales a partir del 1º de febrero de 2018, sin importar la cantidad de trabajadores que posean, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al periodo enero de 2018.
  • Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de 20 o más trabajadores: deberán cumplir con las presentaciones digitales a partir del 1º de febrero de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al periodo enero de 2018.
  • Para los empleadores que lleven libros en formato hojas móviles o libro manual, con nómina de personal de 10 o más trabajadores: deberán adecuarse al sistema digital a partir del 1º de marzo de 2018, siendo el primer libro obligatorio a presentar el correspondiente al periodo febrero de 2018.
  • Para aquellos empleadores que a la fecha de la implementación de la Ventanilla Digital posean saldos de hojas móviles, de acuerdo a lo que establecía la Disposición Nº 969/DGEMP/14 y Disposición Nº 636/DGEMP/17), ingresarán a la modalidad Digital en la medida que terminen con el uso de las hojas ya habilitadas. Dichos saldos solo podrán ser utilizados hasta el 31 de marzo de 2018. A partir del 1º de abril del año 2018, deberán cumplir con las presentaciones digitales, siendo el primer libro obligatorio a presentar en modalidad digital el que corresponda, de manera que exista correlatividad entre la presentación en ventanilla manual y en la ventanilla digital.
Para operar en el Sistema de Rúbrica Digital, el empleador deberá estar empadronado en el Registro de Empleadores. Dicha inscripción la realiza mediante el sistema TAD con su CLAVE CIUDAD
Una vez registrado, deberá ingresar a www.buenosaires.gob.ar, donde podrá subir la documentación laboral a rúbricar en formato PDF, con uso de firma digital (Ley 25.506)”, a partir de un aplicativo que lo guiará a través de una serie de pasos.”

Documentación obligatoria que se debe adjuntar:


  • Último formulario 931
  • Constancia de AFIP
  • Informe Precalificado
  • Estatuto y/o Designación de autoridades

jueves, 18 de enero de 2018

Régimen Simplificado de Ingresos Brutos CABA - Recategorización cuatrimestral

Durante el mes de enero se podrá realizar la recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido por la Resolución (AGIP) 95/2015.
A tales fines los contribuyentes deberán tener en cuenta por el período enero a diciembre de 2017:
- Ingresos Brutos obtenidos
- Energia eléctrica consumida, y
- Superficie afectada al desarrollo de la actividad.
La recategorización se efectuará  por transferencia electrónica de datos, a través de la pagina Web de la AGIP, accediendo con Clave Ciudad.
La nueva cuota tendrá vigencia a partir del primer bimestre del año en curso, con vencimiento en el mes de marzo.

miércoles, 10 de enero de 2018

AFIP - Vencimientos 2018 (Modificaciones)

Mediante la publicación de la Resolución General 4186-E (B.O. 08/01/2018), la AFIP atendió parcialmente la  solicitud del CPCECABA disponiendo las siguientes fechas de vencimientos:
• IVA 

Se retoma al esquema de vencimientos agrupados de a 2 CUIT por día, siendo las nuevas fechas de vencimiento las siguientes:

- Enero a Diciembre

TERMINACIÓN CUIT
DÍA DE VENCIMIENTO
PRESENTACIÓN DDJJ F. 731, F. 810 y F. 2002 y PAGO
0 y 1
18
2 y 3
19
4 y 5
20
6 y 7
21
8 y 9
22

• Recursos de la Seguridad Social - Empleadores. 

Se mantiene el vencimiento agrupado en 3 días, aunque se corrieron 2 días comenzando a partir del día 9 de cada mes en lugar del día 7:

- Enero a diciembre

TERMINACIÓN CUIT
DÍA DE VENCIMIENTO
PRESENTACIÓN DDJJ F. 931 y PAGO
0, 1, 2 y 3
9
4, 5 y 6
10
7, 8 y 9
11

• Autónomos:
Se mantiene el vencimiento agrupado en 3 días, aunque se corrieron 2 días comenzando a partir del día 5 de cada mes en lugar del día 3:

- Enero a diciembre

TERMINACIÓN CUIT
DÍA DE VENCIMIENTO
PAGO
0, 1, 2 y 3
5
4, 5 y 6
6
7, 8 y 9
7

Fuente: CPCECABA

sábado, 6 de enero de 2018

CPCECABA - Honorarios Mínimos Sugeridos 2018

El Consejo Directivo del CPCECABA aprobó un incremento en el módulo para fijar los Honorarios Mínimos Sugeridos para todos los profesionales en Ciencias Económicas matriculados.

De tal manera el nuevo valor del módulo es de $ 175,00.- el cual rige a partir del 1º de enero de 2018.

Cabe recordar que el módulo, es la unidad de medida utilizada para expresar los honorarios mínimos sugeridos, según se desprende del Informe aprobado por Res. C. D. Nº 63/07.

Fuente:  CPCECABA.

viernes, 5 de enero de 2018

SIRADIG 2017 - Prorroga presentación F572 Web

Los contribuyentes sujetos al régimen de retención del impuesto a las ganancias por sus rentas en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones que deban utilizar el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”  podrán efectuar la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 Web correspondientes al período fiscal 2017 hasta el 31 de marzo de 2018 inclusive.

jueves, 4 de enero de 2018

AFIP - Feria Fiscal de Verano 2018

Desde el 1º y hasta el 31 de enero de 2018, inclusive, rige en el ámbito de la A.F.I.P. la feria fiscal de verano, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del artículo 1º de la Resolución General Nº 1983 modificada por la Resolución 3385.

Durante la feria  no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.

miércoles, 3 de enero de 2018

Cargas Sociales Personal Casas Particulares - Año 2018

A través de la Resolución 4180 AFIP se incrementaron las  cargas sociales mensuales del personal de casas de familia a $ 811,15.-(de los $684.- anteriores) para el caso de personal que trabaje 16 o mas horas semanales.
Vigencia: para aportes y contribuciones correspondientes al mes de enero y siguientes.