lunes, 30 de julio de 2018

Impuesto a las Ganancias - Deducción por hijo

A través de la Resolución 4283 la AFIP estableció que la carga de familia por hijo será computada por quien posea la responsabilidad parental y que cuando esa responsabilidad sea ejercida por los dos y ambos reciban ingresos sujetos a Ganancias, cada uno podrá computar el 50% del importe de la deducción o uno de ellos el 100% de dicho importe. La Resolución tiene vigencia para el año 2018, por lo cual a partir del 3 de septiembre los contribuyentes deberán modificar su F572 Web a través del servicio Siradig - Trabajador.
Para este año el monto deducible por hijo es de $ 31.461,09.-

miércoles, 18 de julio de 2018

IGJ - Cambio en el valor del módulo

A través de la Resolución MJyDH N° 503/2018, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fijó el valor del módulo en $ 75. El mismo entrará en vigencia el próximo 30 de julio. Los formularios no abonados antes de esa fecha perderán su validez a partir de ese momento, en tanto que los abonados deberán ser adecuados al nuevo valor.

Sociedades artículo 299 Ley de Sociedades

A través de la Resolución 529/2018 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se fijó en PESOS CINCUENTA MILLONES ($50.000.000.-) el monto del capital social a partir del cual las sociedades anónimas quedan sujetas a fiscalización estatal permanente, conforme la previsión del inciso 2) del artículo 299 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias.


viernes, 13 de julio de 2018

Nuevos Plazos Vencimiento Presentaciones Declaraciones Juradas Ganancias y Bienes Personales

A través de la Resolución 4277 la AFIP estableció nuevos plazos para el vencimiento de las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales correspondientes al periodo fiscal 2017 de acuerdo al siguiente detalle:

 
TERMINACIÓN C.U.I.T.FECHA DE PAGO (*)FECHA DE PRESENTACIÓN
0, 1, 2 y 3Hasta el 12/06/2018, inclusiveHasta el 25/07/2018, inclusive
4, 5 y 6Hasta el 13/06/2018, inclusiveHasta el 26/07/2018, inclusive
7, 8 y 9Hasta el 14/06/2018, inclusiveHasta el 27/07/2018, inclusive

jueves, 12 de julio de 2018

Feria Fiscal Invierno 2018

A través de la Res.Gral Nº 4272 la AFIP dispuso que la Feria Fiscal de Invierno regirá entre los días 10 de julio al 20 de julio, ambas fechas inclusive.
El receso permite que no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de AFIP.

Feria Judicial de Invierno 2018

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la Acordada Nº 16/18 del 12 de junio de 2018, dispuso feriado judicial para los Tribunales Federales y Nacionales de la Capital Federal desde el 16 hasta el 27 de julio, ambas fechas inclusive.

martes, 10 de julio de 2018

Declaración en línea - Obligatoria hasta 2000 trabajadores

La Resolución General Nro 4265 AFIP publicada el 22 de junio en el Boletín Oficial estableció el  uso obligatorio de este sistema para empleadores  que registren hasta 2000 empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. 
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 2001 y 2050 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica  la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados julio 2018 y siguientes.

viernes, 6 de julio de 2018

Monotributo - Recategorización 1º Semestre 2018

En relación con el Monotributo les recuerdo que:

1) El 20 de julio  vence el plazo para la recategorización correspondiente al semestre calendario enero/julio 2018. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 896.044.- anuales para servicios y a $ 1.344.065.-  anuales para venta de cosas muebles.

2) Se aumentó de $ 2.500.- a $ 15.000.- el precio unitario de venta de cosas muebles.

3) La obligación de tener empleados para aquellos registrados en  las categorías I, J y K quedó eliminada.

3) A partir del 1º de junio de 2017 se encuentra vigente la obligación de los Monotributistas, encuadrados en las categorias F y superiores, de emitir facturas electrónicas. Quedan exceptuados las facturas o documentos clase "C" que respalden operaciones con consumidores finales