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jueves, 18 de julio de 2024

Recategorización Monotributo 2024

 La recategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses fue extendida  hasta el 2 de agosto de 2024 de acuerdo a lo establecido por la Resolución 5523/24. 

No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes que fueron unificados por la Ley 27.743, son de $ 68.000.000-  anuales tanto para servicios como para la venta de cosas muebles.

Por su parte el  Precio unitario máximo para la venta de cosas muebles fue fijado en $ 385.000.-


viernes, 7 de enero de 2022

Recategorización Monotributo - Enero 2022

 

1) El 20 de enero de 2022 vence el plazo para la recategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses.  No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 3.276.011.- anuales para servicios y a $ 4.662.015.-  anuales para venta de cosas muebles.

2) Precio unitario de venta de cosas muebles: $ 49.646,21.-

3) La ley de Alivio fiscal establece que los “monotributistas cumplidores” podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del periodo fiscal mayo 2022. El beneficio podrá tramitarse hasta el 15 de marzo de 2022.

lunes, 11 de enero de 2021

Recategorizacion Monotributo - Enero 2021

En relación con el Monotributo les recuerdo que:
1) El 20 de enero vence el plazo para la recategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS). Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 1.739.494.- anuales para servicios y a $ 2.609.241.- anuales para venta de cosas muebles.
2) Precio unitario de venta de cosas muebles: $ 29.119,56.- 

Cabe aclarar que los valores arriba mencionados no han sido actualizados para el 2021. Existe un proyecto de ley que establecería que para la actualización de 2021 se considere la variación que tuvo en todo 2020 el haber jubilatorio mínimo ( 35,3%). 
Así, en caso de aprobarse la iniciativa, la facturación anual tope pasará de $1.739.493,79 a $2.353.535,10 en el caso de la prestación de servicios, y de $2.609.240,69 a $3.530.302.65 para quienes se dedican a la comercialización de bienes muebles.
En cuanto a los pagos mensuales, el impuesto integrado pasará en la categoría más baja (la A, que permitirá una facturación anual de hasta $282.424,20), de $168,97 a $228,62; la contribución previsional, de $745,49 a $1008,65, y el aporte a la obra social, de $1041,22 a $1408,77. El importe total subirá de $1955,68 a $2646,04, siempre sujeto a la aprobación de la ley.
Según fuentes de AFIP, por ahora hay que guiarse por los valores de las categorías vigentes en 2020 y luego, en todo caso, se tomarán medidas para las readecuaciones. La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, le envió una nota a la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, pidiéndole que el período de recategorización se traslade para más adelante

viernes, 10 de julio de 2020

Recategorización Monotributo Julio 2020

En relación con el Monotributo les recuerdo que:

1) El 20 de julio vence el plazo para la recategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 1.739.494.- anuales para servicios y a $ 2.609.241.-  anuales para venta de cosas muebles.

2) Precio unitario de venta de cosas muebles: $ 29.120.-

3) La obligación de tener empleados para aquellos registrados en  las categorías I, J y K quedó eliminada.

3) A partir del 1º de abril de 2019 se encuentra vigente para todos los monotributistas la obligación de emitir facturas electrónicas para las operaciones que se realicen con consumidores finales.

sábado, 6 de julio de 2019

Recategorización Monotributo Julio 2019


En relación con el Monotributo les recuerdo que:
1) El 22 de julio vence el plazo para la recategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 1.151.066.- anuales para servicios y a $ 1.726.600.-  anuales para venta de cosas muebles.
2) Precio unitario de venta de cosas muebles: $ 15.000.-
3) La obligación de tener empleados para aquellos registrados en  las categorías I, J y K quedó eliminada.
3) A partir del 1º de abril de 2019 se encuentra vigente para todos los monotributistas la obligación de emitir facturas electrónicas para las operaciones que se realicen con consumidores finales.

martes, 15 de enero de 2019

Recategorización Monotributo Enero 2019


En relación con el Monotributo les recuerdo que:
1) El 21 de enero  vence el plazo para la recategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 1.151.066.- anuales para servicios y a $ 1.726.600.-  anuales para venta de cosas muebles.
2) Precio unitario de venta de cosas muebles: $ 15.000.-
3) La obligación de tener empleados para aquellos registrados en  las categorías I, J y K quedó eliminada.
3) A partir del 1º de diciembre de 2018 se encuentra vigente la obligación de los Monotributistas, encuadrados en las categorías D y superiores, de emitir facturas electrónicas. Para las operaciones que se realicen con consumidores finales, la obligación será de aplicación a partir del 1º de abril de 2019 para todas las categorías del monotributo.

viernes, 6 de julio de 2018

Monotributo - Recategorización 1º Semestre 2018

En relación con el Monotributo les recuerdo que:

1) El 20 de julio  vence el plazo para la recategorización correspondiente al semestre calendario enero/julio 2018. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 896.044.- anuales para servicios y a $ 1.344.065.-  anuales para venta de cosas muebles.

2) Se aumentó de $ 2.500.- a $ 15.000.- el precio unitario de venta de cosas muebles.

3) La obligación de tener empleados para aquellos registrados en  las categorías I, J y K quedó eliminada.

3) A partir del 1º de junio de 2017 se encuentra vigente la obligación de los Monotributistas, encuadrados en las categorias F y superiores, de emitir facturas electrónicas. Quedan exceptuados las facturas o documentos clase "C" que respalden operaciones con consumidores finales