Desde el 25 de mayo y hasta el 7 de junio de 2020 inclusive, rige en el ámbito de la A.F.I.P. un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General Nº 1983 y modificatorias.
Durante la feria no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
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