A través de la Resolución 180/2020 el INDEC dispuso la realización del Censo Nacional Económico que comprenderá todas las actividades económicas productivas de bienes y servicios.
Cronograma de relevamiento:
a) Las personas jurídicas (empresas e instituciones sin fines de lucro) tienen tiempo para responder hasta el 1 de abril de 2021.
b) Las personas
inscriptas en el régimen de autónomos tienen tiempo hasta el 1 de
mayo de 2021.
c)
Los monotributistas podrán
hacerlo hasta el 1 de junio de 2021
El
relevamiento se efectuará a
través de un cuestionario digital desarrollado por
el INDEC, denominado e-CNE. Una vez completado el mismo
se podrá descargar el Certificado Censal de Cumplimiento.
Completar el Censo tiene carácter de obligatorio y tiene sanción
de multa.
El BCRA comunicó a las entidades financieras que
deberán exigir la presentación del “Certificado de Cumplimiento
Censal” (CCC) como requisito previo para realizar determinadas
operaciones ( apertura
de cuentas de depósitos; otorgamiento de créditos y sus respectivas
renovaciones; apertura de créditos documentarios; apertura de
cuentas para valores en custodia; etc) durante el siguiente periodo:
- Personas Jurídicas: A
partir del 1° de Abril de 2021 hasta el 28 de Febrero de 2022
- Personas Humanas (Responsables
Inscriptas): A partir del 1° de Mayo de 2021 hasta el 28 de Febrero
de 2022
- Personas Humanas (monotributistas):
A partir del 1° de Julio de 2021 hasta el 28 de Febrero de 2022