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sábado, 23 de marzo de 2013

Presentación DDJJ Ganancias y Bienes Personales: Solicitud de Prórroga

La Federación Argentina de profesionales de Ciencias Económicas solicitó al Administrador Federal de Ingresos Públicos, Dr. Ricardo Echegaray, una prórroga para los vencimientos de las Declaraciones Juradas a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del Periodo Fiscal 2012.
El pedido, en representación de los Consejos que integran la FACPCE, se motivó en las dificultades que los profesionales encuentran para cumplir con la presentación en las fechas previstas en el mes de mayo de 2013, para los sujetos que tengan participación en sociedades que no coticen en bolsa y cierren ejercicio comercial en el mes de diciembre, y en el mes de abril para los restantes contribuyentes.
Es importante tener en cuenta que los aplicativos para los referidos vencimientos fueron publicados durante el mes de febrero y a la fecha ha salido una nueva versión para solucionar los problemas que éste presentaba. A ello se suman los feriados nacionales vigentes (Carnaval, Semana Santa, feriado puente del 1º de abril y el tradicional del día 2 de abril) que disminuyen notablemente los días hábiles de trabajo.
Por lo expuesto, y con el objeto de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones, evitando perjuicios en la recaudación, nuestra Federación solicitó que se arbitren los medios necesarios a fin de conceder una prórroga hasta el 14 de junio de 2013 para la presentación de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al período fiscal 2012 de las personas físicas y sucesiones indivisas.

viernes, 8 de marzo de 2013

Ganancias y Bienes Personales Año 2012

Ante la proximidad de los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales de personas físicas y sucesiones indivisas correspondientes al año 2012 les recuerdo que ya están disponibles:

a) Los valores de referencia a utilizar en la confección de las declaraciones juradas de Bienes Personales. Los mismos fueron establecidos por la Res Gral 3446 de la Afip y en sus cinco anexos se encuentran los valores de automotores y monedas extranjeras, los valores de acciones y títulos con cotización y por último el detalle del formato de catastro según la jurisdicción y el detalle de entidades financieras.

b) La nueva versión del aplicativo (versión 14) a utilizar para confeccionar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.
Esta versión permite el cómputo del cargo 15% que rige para las compras realizadas en el exterior a través de tarjetas de débito o crédito.

Texto Resolución 3446 AFIP