La Resolución General Nro 3876 AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial estableció el uso obligatorio de este sistema para empleadores que registren hasta 300
empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. Dichos
empleadores deberán continuar utilizando el mencionado sistema en la
medida que incrementen su nómina hasta un máximo de 350 trabajadores inclusive.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 301 y 350 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados mayo 2016 y siguientes.
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martes, 17 de mayo de 2016
martes, 14 de abril de 2015
Su Declaración - Obligatorio para empleadores que registren hasta 200 empleados
La Resolución General Nro 3758 AFIP publicada en el 6 de abril en el Boletín Oficial estableció el uso obligatorio de este sistema para empleadores que registren hasta 200
empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. Dichos
empleadores deberán continuar utilizando el mencionado sistema en la
medida que incrementen su nómina hasta un máximo de 300 trabajadores inclusive.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 201 y 300 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados abril 2015 y siguientes.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 201 y 300 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados abril 2015 y siguientes.
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