La AFIP mediante la
Resolución 4134-E (B.O. 22/9/17), dispuso otorgar más plazo para
la recategorización y confirmación de categorías de monotributistas.
De esta forma, se fijo el jueves 5 de octubre como nuevo plazo para cumplir con:
- La recategorización para aquellos Pequeños Contribuyentes que deban encuadrarse en una nueva categoría.
- La confirmación obligatoria de los datos declarados para su categoría
para los contribuyentes con categorías F, G, H, I, J y K.
lunes, 25 de septiembre de 2017
viernes, 18 de agosto de 2017
MONOTRIBUTO: RECATEGORIZACIÓN O CONFIRMACIÓN OBLIGATORIA DE DATOS 2º CUATRIMESTRE 2017
A través de la Resolución 4104 (B.O. 14/08/2017) la AFIP establecio los plazos para efectuar la
recategorización o la confirmación obligatoria de datos, correspondiente al
período mayo/agosto 2017.
Los monotributistas que deban encuadrarse en una nueva categoría, deberán efectuar su recategorización
-sin excepción- hasta el día 20/09/2017.
Los pequeños contribuyentes que deban permanecer en la misma
categoría, procederán a confirmar los datos declarados de acuerdo al cronograma
que, según la categoría en la cual se encuentren encuadrados, se indica a
continuación:
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Categoría
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Fecha de vencimiento
|
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F, G, H, I, J y K
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20/09/2017
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D, E
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20/10/2017
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B, C
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20/11/2017
|
|
A
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20/12/2017
|
El
incumplimiento a las obligaciones dispuestas precedentemente, producirá la
suspensión temporal de la visualización de la “Constancia de Opción
Monotributo”, hasta tanto el pequeño contribuyente regularice su situación.
jueves, 20 de julio de 2017
Remuneraciones Personal de Casas Particulares
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante la
Resolución 2/2017 (BO 20/07/2017) estableció el
salario mínimo para el Personal de Casas Particulares.
El personal que realiza tareas generales (
Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración
y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar ) cobrará:
1) A partir del 1º de Junio de 2017:
1) A partir del 1º de Junio de 2017:
| Personal con retiro | Hora: $ 64,50.- | Mensual: $ 7.982.00.- |
| Personal sin retiro | Hora: $ 69.00 | Mensual: $ 8.875,50.- |
| Personal con retiro | Hora: $ 71,50.- | Mensual: $ 8.837.00.- |
| Personal sin retiro | Hora: $ 76.50 | Mensual: $ 9.826,50.- |
viernes, 7 de julio de 2017
Feria Fiscal Invierno Año 2017
A través de la Res.Gral Nº 4089 publicada hoy en el Boletin Oficial se dispuso que la Feria Fiscal de Invierno regirá entre el 10 de julio y hasta el 21 de julio inclusive.
El receso permite que no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de AFIP.
El receso permite que no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a cargo de AFIP.
martes, 4 de julio de 2017
Salario Mínimo Vital y Movil 2017/18
Por Resolución 3/2017 del Consejo Nacional del Empleo se fijó el Salario Mínimo, Vital y Móvil en:
a) $ 8.860.- a partir del 1º de julio de 2017 ($ 44,30.- por hora)
b) $ 9.500.- a partir del 1º de enero de 2018 ($ 47,50.- por hora)
b) $ 10.000.- a partir del 1º de julio de 2018 ($ 50,00.- por hora)
a) $ 8.860.- a partir del 1º de julio de 2017 ($ 44,30.- por hora)
b) $ 9.500.- a partir del 1º de enero de 2018 ($ 47,50.- por hora)
b) $ 10.000.- a partir del 1º de julio de 2018 ($ 50,00.- por hora)
Feria Judicial de Invierno 2017
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la Acordada Nº 14/17 del 1 de junio de 2017, dispuso feriado judicial para los Tribunales Federales y Nacionales de la Capital Federal desde el 17 hasta el 28 de julio, ambas fechas inclusive.
lunes, 3 de julio de 2017
Declaración en Linea - Obligatorio hasta 400 empleados
La Resolución General Nro 4085 AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial estableció el uso obligatorio de este sistema para empleadores que registren hasta 400
empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. Dichos
empleadores deberán continuar utilizando el mencionado sistema en la
medida que incrementen su nómina hasta un máximo de 450 trabajadores inclusive.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 401 y 450 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados agosto 2017 y siguientes.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 401 y 450 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados agosto 2017 y siguientes.
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