Durante el mes de enero se podrá realizar la recategorización en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido por la Resolución (AGIP) 95/2015.
A tales fines los contribuyentes deberán tener en cuenta por el período enero 2018 a diciembre de 2018:
- Ingresos Brutos obtenidos
- Energia eléctrica consumida, y
- Superficie afectada al desarrollo de la actividad.
El Código Fiscal 2019 aumento de los topes para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado, a partir del 1 de enero partir de 2019 se pueden incluir operaciones por hasta $ 896.043,90
La recategorización se efectuará por transferencia electrónica de datos, a través de la pagina Web de la AGIP, accediendo con Clave Ciudad.
miércoles, 9 de enero de 2019
martes, 8 de enero de 2019
AFIP - Feria Fiscal Verano 2019
Desde el 1º y hasta el 31 de enero de 2019, inclusive, rige en el ámbito de la A.F.I.P. la feria fiscal de verano, de conformidad con lo establecido por el inciso a) del artículo 1º de la Resolución General Nº 1983 modificada por la Resolución 3385.
Durante la feria no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
Durante la feria no se computarán los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante la AFIP, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.
viernes, 4 de enero de 2019
IGJ: Estados Contables deberán presentarse en moneda homogénea
A través de la Resolución General 10 la IGJ estableció que los Estados Contables a presentarse ante dicho organismo deberán estar confeccionados en moneda homogénea, con excepción de los confeccionados por entidades comprendidas en regímenes legales sujetos a fiscalización especial.
A los fines de la reexpresión de los estados contables se aplicarán las normas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), y adoptadas por el Consejo Profesional en Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA).
También establece que “las decisiones adoptadas por el órgano de gobierno de la sociedad deberán tomarse con la información contable en moneda constante”.
lunes, 31 de diciembre de 2018
CPCE - Honorarios mínimos sugeridos año 2019
El Consejo Directivo del CPCECABA aprobó un incremento en el módulo para fijar los Honorarios Mínimos Sugeridos para todos los profesionales en Ciencias Económicas matriculados.
De tal manera el nuevo valor del módulo es de $ 230,00.- el cual rige a partir del 1º de enero de 2019.
Cabe recordar que el módulo, es la unidad de medida utilizada para expresar los honorarios mínimos sugeridos, según se desprende del Informe aprobado por Res. C. D. Nº 63/07.
Fuente: CPCECABA.
De tal manera el nuevo valor del módulo es de $ 230,00.- el cual rige a partir del 1º de enero de 2019.
Cabe recordar que el módulo, es la unidad de medida utilizada para expresar los honorarios mínimos sugeridos, según se desprende del Informe aprobado por Res. C. D. Nº 63/07.
Fuente: CPCECABA.
lunes, 5 de noviembre de 2018
UIF: nuevos mínimos para informar operaciones sospechosas
La Unidad de Información Financiera (UIF) elevó de $20 millones a $40 millones el umbral de activo a partir del cual el contador público puede pasar a ser sujeto obligado a informar.
A través de la resolución 130/2018, la UIF modificó, a partir del 31° de octubre último, el artículo 2, inciso e), apartado B- i) de la resolución 65/2011, llevando a $40 millones el límite mencionado.
Asimismo, elevó a $8,8 millones la suma que deben superar las transacciones realizadas tanto por personas físicas como jurídicas que requieran la documentación respaldatoria del origen de fondos que deben ser certificada por Contadores Públicos matriculados.
Fuente: CPCECF
A través de la resolución 130/2018, la UIF modificó, a partir del 31° de octubre último, el artículo 2, inciso e), apartado B- i) de la resolución 65/2011, llevando a $40 millones el límite mencionado.
Asimismo, elevó a $8,8 millones la suma que deben superar las transacciones realizadas tanto por personas físicas como jurídicas que requieran la documentación respaldatoria del origen de fondos que deben ser certificada por Contadores Públicos matriculados.
Fuente: CPCECF
miércoles, 24 de octubre de 2018
Tasa Anual IGJ - Año 2018
La Inspección General de Justicia a través de la Resolución 923/2018 del MJDH fijó el día 31 de octubre de 2018 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
Vencida la fecha establecida será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la mencionada Decisión Administrativa.
La boleta de pago deberá obtenerse a través del servicio de emisión de tasas en la página web de la IGJ. La misma podrá abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad de Buenos Aires o en las cajas de IGJ. En sede central de IGJ el pago puede realizarse con tarjeta de débito o cheque certificado; en tanto que en las sedes de los colegios profesionales también puede abonarse en efectivo (servicio exclusivo para profesionales matriculados).
Vencida la fecha establecida será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la mencionada Decisión Administrativa.
La boleta de pago deberá obtenerse a través del servicio de emisión de tasas en la página web de la IGJ. La misma podrá abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad de Buenos Aires o en las cajas de IGJ. En sede central de IGJ el pago puede realizarse con tarjeta de débito o cheque certificado; en tanto que en las sedes de los colegios profesionales también puede abonarse en efectivo (servicio exclusivo para profesionales matriculados).
jueves, 18 de octubre de 2018
CUIT Digital
A través de la Resolución 4320 la AFIP dispuso que las personas humanas que posean documento nacional de identidad argentino y Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI), a los fines de tramitar y obtener la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en forma digital no tendrán que concurrir a alguna de las dependencias de AFIP si:
- Acceden a “Inscripción Digital” en el sitio “web” de AFIP (http://www.afip.gob.ar).
- Informan su domicilio real y fiscal, dirección de correo electrónico y número de teléfono
- Adjuntan archivo digital del DNI (frente y dorso), una fotografía color del rostro y una constancia de domicilio.
- Constituyen domicilio fiscal electrónico.
Al enviar la solicitud y los archivos mencionados, el sistema validará en línea la información remitida en función de las bases de datos del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
Superadas las validaciones sistémicas, se generará la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y el correspondiente legajo electrónico. Caso contrario se rechazará la solicitud indicando el motivo.
Obtenida la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) el contribuyente y/o responsable quedará habilitado para darse el alta en los impuestos y/o regímenes correspondientes.
Las disposiciones de esta resolución general están en vigencia a partir del 17/10/18.
- Acceden a “Inscripción Digital” en el sitio “web” de AFIP (http://www.afip.gob.ar).
- Informan su domicilio real y fiscal, dirección de correo electrónico y número de teléfono
- Adjuntan archivo digital del DNI (frente y dorso), una fotografía color del rostro y una constancia de domicilio.
- Constituyen domicilio fiscal electrónico.
Al enviar la solicitud y los archivos mencionados, el sistema validará en línea la información remitida en función de las bases de datos del Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
Superadas las validaciones sistémicas, se generará la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y el correspondiente legajo electrónico. Caso contrario se rechazará la solicitud indicando el motivo.
Obtenida la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) el contribuyente y/o responsable quedará habilitado para darse el alta en los impuestos y/o regímenes correspondientes.
Las disposiciones de esta resolución general están en vigencia a partir del 17/10/18.
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