La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), el
organismo recaudador porteño, exige al principio de las inspecciones que las
empresas completen un formulario informando las cuentas bancarias, automóviles e
inmuebles de los que sean propietarios sus directivos, en carácter de
responsables solidarios por el pago de los impuestos de la firma, aunque todavía
no se haya verificado ninguna deuda.
El formulario se denomina “Responsable por Deuda Ajena” y fue
aprobado por la resolución (AGIP) 758/2009.
Frente a la situación las cámaras empresarias se quejaron y
contrapusieron la actuación, por ejemplo, de la Agencia de Recaudación de la
provincia de Buenos Aires (ARBA) que durante las inspecciones sólo pide los
datos personales de los directivos de las compañías.
“Recientemente la AGIP ha puesto en práctica –en el marco de
procesos de fiscalización llevados a cabo a distintas sociedades– una
sorprendente iniciativa: solicitar los datos patrimoniales de carácter registral
de los directores y socios gerentes en carácter de responsables solidarios de
las empresas que administran”, relataron Alberto Mastandrea y Laura Ravagliate,
de BDO Argentina.
Ante el inicio de una inspección, los agentes fiscalizadores
exigen a las sociedades y a cada uno de los integrantes del órgano de
administración, la presentación del Formulario “Responsable por Deuda Ajena”, en
el cual obligan a completar con los datos referidos a los bienes registrables
correspondientes a cada integrante del órgano de administración, como cuentas
bancarias, automotores, inmuebles y otros bienes.
En caso de que los directivos se nieguen a entregar sus datos
patrimoniales, la sociedad sufrirá severas consecuencia. Además de recibir
multas por encuadrar su conducta como “resistencia pasiva a una inspección”, la
firma será categorizada como de “alto riesgo fiscal” y quedará sujeta a mayores
retenciones, lo que le generará la inmovilización de capital de trabajo,
explicaron Mastandrea y Ravagliate.
“El aporte de documentación sobre los bienes pertenecientes a los
miembros del órgano de administración, sin siquiera haber determinado deuda a
favor de la AGIP, nos parece un exceso, ya que no existe norma alguna que en
atención a la instancia administrativa en que se encuentra la sociedad,
establezca la obligatoriedad de aportar los datos de los bienes propios de los
responsables solidarios”, opinaron Mastandrea y Ravagliate. Un grupo de cámaras
empresarias que forman parte de un grupo de enlace que habitualmente se reúne
con funcionarios de AGIP para tratar temas de interés mutuo planteó este tema el
23 de mayo pasado, y lo está analizando el Departamento de Normas y Manuales de
Fiscalización del organismo recaudador porteño, pero aún no hubo una
respuesta.
Fuente: Cronista.com