viernes, 27 de diciembre de 2013

AFIP - Vencimientos 2014

A través de la Resolución 3574 publicada el 27 de diciembre de 2013 en el Boletín Oficial, la AFIP estableció las fechas de vencimiento general  para la presentación y pago de declaraciones juradas de impuestos a su cargo y de regímenes de información.

Texto Resolución 3574 

jueves, 19 de diciembre de 2013

ARBA y AFIP intercambian información fiscal

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (Arba) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establecieron un acuerdo para intercambiar la totalidad de los datos disponibles sobre contribuyentes bonaerenses. El director ejecutivo de Arba, Iván Budassi, y el titular de AFIP, Ricardo Echegaray, rubricaron el convenio que también contempla avanzar en la implementación de un sistema de Declaración Impositiva Unificada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y del Impuesto al Valor Agregado, para simplificar el cumplimiento tributario.
Además, ambos organismos se comprometieron a profundizar el intercambio de información para ampliar significativamente los cruces de datos a través de los procedimientos de fiscalización electrónica, y coordinar operativos conjuntos de control tributario.
Ricardo Echegaray destacó que “este es un nuevo paso con Arba, donde ganamos todos. Llegó el momento de dar un salto importante. Logramos un convenio fantástico, porque la provincia de Buenos Aires se compromete a incorporar la Declaración Impositiva Unificada y nos brinda capacitación y asistencia en lo que respecta al uso de imágenes satelitales, tema en el que Arba ha logrado gran desarrollo".
Entre otros aspectos técnicos, el convenio prevé que Arba suministre imágenes satelitales georreferenciadas de todo el territorio bonaerense, información catastral y fiscalizaciones efectuadas en todos los sectores de la economía. Por su parte, la AFIP aportará información presentada por contribuyentes bonaerenses, ya sea empresas, monotributistas y autónomos, así como también registros de compraventa, transacciones económicas relevantes, entre otros datos de interés fiscal, muchos de los cuales serán acompañados de equipamiento informático específico.
En forma complementaria a este acuerdo de intercambio de información, que permitirá profundizar el cruce de datos, inspectores de Arba y AFIP trabajarán en conjunto para combatir la evasión durante la próxima temporal en la costa atlántica. Más de 1.500 agentes del organismo provincial estarán durante el verano en las distintas localidades balnearias, donde efectuarán tareas de cobranza y fiscalización para detectar incumplimientos tributarios.

miércoles, 18 de diciembre de 2013

AFIP controlará en tiempo real evolución de precios y facturación

La AFIP obligó ayer a las empresas a cambiar sus sistemas de controladores fiscales por nueva tecnología, que permitirá realizar un seguimiento en tiempo real de los niveles de facturación y, a su vez, podría ayudar a fiscalizar el cumplimiento de futuros acuerdos de precios.
Así se desprende de la resolución general 3561, publicada ayer en el Boletín Oficial.
Los nuevos equipos estarán disponibles a partir de junio de 2014, mientras que los primeros convenios regirán entre el 1º de enero y el 31 de marzo.
Los nuevos controladores fiscales fueron diseñados para seguir online la evolución de la facturación de las empresas y digitalizar la información periódica que recibe la AFIP. Las compañías actualmente deben almacenar cintas de información de papel, que serán reemplazadas por la llamada “cinta testigo digital”. “Hacía 15 años que la AFIP no fijaba una normativa para renovar los controladores fiscales. La última resolución es de 1998”.
El nuevo sistema permitirá a la AFIP contar con información desagregada de facturación y precios de productos, a partir de los códigos de barras. Esos datos también serán aprovechados por agencias de recaudación provinciales como ARBA, que cierran por estas horas intercambios de información con el organismo nacional.
Según AFIP, la digitalización implicará el recambio de 400.000 controladores fiscales. Esto se realizará por etapas, y comenzará por hipermercados, supermercados y autoservicios.
Fuente: cronista.com

Menores de 18 años tienen que informar CUIT o CUIL para viajar al exterior

Varios pasajeros ofuscados al escuchar una voz grabada en el call center de Aerolíneas Argentinas y Austral que informa que para viajar al exterior tendrán que informar el número de CUIT o CUIL de hasta los menores de 18 años.
"Les recordamos que para el pago de reservas, los pasajeros residentes argentinos deberán informar el CUIT o CUIL. Agradeceremos que tenga la documentación a mano", dice una voz en off.

El CUIL (clave única de identificación laboral) es un código con el que la Anses identifica a los trabajadores en relación de dependencia y se puede obtener en la página web de ese organismo.

Fuente: Cronista.com

Convenio con el Reino de España para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y patrimonio.

A través de la Ley 26.918 publicada hoy en el Boletín Oficial se aprueba el CONVENIO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y EL REINO DE ESPAÑA PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICION Y PREVENIR LA EVASION FISCAL EN MATERIA DE IMPUESTOS SOBRE LA RENTA Y SOBRE EL PATRIMONIO, suscripto en Buenos Aires el 11 de marzo de 2013.

viernes, 6 de diciembre de 2013

Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT). Incorporación de actividades.

Mediante el dictado de las Resoluciones Generales Nros. 3.558 y 3.549, se incorporan nuevos indicadores mínimos de trabajadores (IMT).

Los mismos permiten determinar de oficio la cantidad mínima de trabajadores requeridos para las actividades de de "Producción de caña de azúcar” y “Producción primaria de paltas y su empaque” y los aportes y contribuciones respectivos con destino al Sistema Único de Seguridad Social.

La norma mencionada se encuentra disponible en la Biblioteca Electrónica de AFIP. (http://biblioteca.afip.gob.ar )

jueves, 5 de diciembre de 2013

Cambios en el régimen de percepción

Mediante la Resolución 3550 (B.O. 03/12/2013), la AFIP dispuso elevar del 20% al 35% la percepción aplicable a los consumos del exterior efectuados mediante tarjetas de crédito, compra, débito y/o a través de portales y agencias de viaje  y turismo. Además, se amplía el régimen de percepción a las operaciones de compra de divisas y transferencias al exterior.

En efecto, la percepción dispuesta por la citada norma es aplicable sobre:

a) las operaciones de adquisición de bienes y/o prestaciones, locaciones y/o adelantos en efectivo, efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito y/o compra, como así también las realizadas mediante portales electrónicos por las cuales se perfeccionen en moneda extranjera;

b) las operaciones de adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viaje  y turismo –mayoristas y/o minoristas–, del país;

c) las operaciones de adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país.

Asimismo, se destaca que mediante dicha reglamentación, el Poder Ejecutivo Nacional dispuso extender la utilización de dicha herramienta fiscal a las operaciones de adquisición de moneda extranjera –billetes o cheques de viajero–, como así también a las transferencias al exterior, ambas vinculadas por turismo y viajes, que resulten sujetas a validación fiscal.

En torno a la citada ampliación, se resalta que:

- las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central de la República Argentina son las que deben actuar como agentes de percepción, debiendo la misma aplicarse en el momento de efectivizarse la operación cambiaria;

- la percepción se determina como resultado de aplicar sobre el importe total de cada operación la alícuota del 35%, debiendo consignarse en forma discriminada en el comprobante que la documente;

- la citada extensión del régimen resulta de aplicación desde la fecha de entrada en vigencia de la norma bajo análisis (03/12/2013), no obstante ello, se dispone que los agentes de percepción contarán hasta el 09/12/2013 en carácter de plazo especial para adecuar sus sistemas informáticos. En ese sentido, hasta la fecha comentada, el adquirente de la moneda extranjera deberá efectuar un pago a cuenta en el impuesto a las ganancias o en el impuesto sobre los bienes personales mediante la creación del VEP.

Finalmente, se recuerda que las percepciones practicadas tendrán para los sujetos pasibles el carácter de ingreso directo en el impuesto a las ganancias o bienes personales.