La Unidad de Información Financiera (UIF) emitió la Resolución UIF 3/14,
en la cual establece la obligatoriedad de reportar operaciones
sospechosas a aquellos profesionales independientes matriculados que
auditen los estados contables de entidades con un activo superior a los $
10 millones (hasta ahora la suma se limitaba a $ 8 millones).
Asimismo, los sujetos obligados que operen entre sí deberán
informar a través del sitio web de la UIF sobre todos aquellos clientes
que no hubieran dado cumplimiento a alguna de las solicitudes formuladas
por la UIF.
Mediante esta Resolución el Organismo también ajustó los plazos
para la denuncia de sospechas sobre operaciones de lavado de activos y
financiamiento del terrorismo, por parte de los sujetos obligados. El
plazo de Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS) de esos delitos se
mantiene en 150 días corridos, si bien ahora se estableció que deberá
informarse a la UIF "todo hecho u operación sospechosos de lavado de
activos dentro de los 30 días corridos, contados desde que los hubieren
calificado como tales".
Fuente:CPCECABA
No hay comentarios:
Publicar un comentario