1) El 20 de enero de 2022 vence el plazo para la recategorización
semestral en base a la facturación de los últimos doce meses. No corresponderá la recategorización cuando
el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS). Los montos máximos de facturación vigentes son de $ 3.276.011.- anuales
para servicios y a $ 4.662.015.- anuales para venta de cosas muebles.
2) Precio unitario de venta de
cosas muebles: $ 49.646,21.-
3) La ley de Alivio fiscal
establece que los “monotributistas cumplidores” podrán acceder a la eximición
del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del
periodo fiscal mayo 2022. El beneficio podrá tramitarse hasta el 15 de marzo de
2022.
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