A través de la Resolución 5535, la AFIP reglamentó el acceso al beneficio de los "contribuyentes cumplidores" en el impuesto sobre los Bienes Personales.
El beneficio consiste en la reducción del 0,50% de la alícuota que corresponda aplicar según la escala del impuesto.
Requisitos:
1) Estar inscripto en el impuesto, poseer CUIT "activo", tener actualizado el código de actividad y haber contestado los requerimientos recibidos.
2) No haber regularizado bienes mediante el Régimen de Regularización de Activos.
3) Haber presentado y cancelado antes del 31 de diciembre de 2023 las Declaraciones Juradas por los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.
La solicitud de adhesión se realizará a través del servicio "Sistema Registral/Beneficio para Contribuyentes Cumplidores"
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