La ley 27.743 introdujo modificaciones en el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría entre las que pueden destacarse:
1) Se deroga el impuesto cedular (Ley Massa) a partir de las remuneraciones percibidas en julio 2024. Los sueldos percibidos hasta el 30 de junio quedarán comprendidos en la ley anterior y no podrán generar devoluciones de las sumas retenidas, si las hubiere.
2) Se derogan las exenciones del artículo 26 por horas extras, bono por productividad, fallos de caja, suplementos personal militar y SAC; del artículo 27 correspondientes a guardias sector salud y del artículo 82 por gastos de movilidad y adicional material didáctico docentes.
3) Se incrementan las deducciones personales. Mínimo no Imponible 2024
$3.091.035.-, Cónyuge $2.911.135.-, hijos $1.468.096 y deducción especial $10.818.622.50
4) Se modifica la escala del año 2024. La escala del 35% se tributa a partir de los $36.450.000;-
No hay comentarios:
Publicar un comentario