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miércoles, 13 de enero de 2016

AFIP devolverá en cuotas las percepciones por compras realizadas en el exterior

Con cuatro años de demora, finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicó ayer un plan de pagos en cuotas para devolverles a quienes no están inscriptos en los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales el dinero que les retuvo a cuenta de esos tributos cuando efectuaron compras de dólar ahorro y consumos con tarjeta en moneda extranjera.
En esta primera etapa, se devolverán los importes retenidos entre 2012 y 2014. Los reclamos por el dinero retenido en 2015 se atenderán después de junio de este año, que es cuando vence el último plazo para presentar la declaración anual de Ganancias. El esquema de pagos se difundiría en agosto próximo.
Entre 2012 y hasta la vigencia del cepo, en diciembre pasado, la AFIP retenía el 20% a quienes compraban dólares para ahorro y el 35% a los que consumían en moneda extranjera o compraban paquetes turísticos.
Según informó ayer la AFIP, a quienes se les haya retenido hasta $ 6000 entre 2012 y 2014 se les devolverá ese importe en una sola cuota. Los reclamos por montos mayores se atenderán en cuotas mensuales y sucesivas de $ 6000. Por ejemplo, quien haya hecho un reclamo por $ 18.000 recibirá una primera cuota de $ 6000 y dos cuotas adicionales de $ 6000 cada una.Para quienes lo adeudado sea mayor, se le devolverá el saldo en la última cuota. La primera cuota se pagará el 16 de febrero. Las siguientes: 11 de marzo, 13 de abril, 12 de mayo, 14 de junio y 14 de julio.
En la AFIP señalan que con los pagos de una sola cuota ya se habrá saldado la deuda del 52% de las personas que reclamaron. "Es una mezcla complicada de una ineficiencia cambiaria que se la quiso resolver con mecanismos de carácter tributario, y un incumplimiento de la administración tributaria", dijo Alberto Abad, jefe de la AFIP, en una conferencia de prensa junto con el número uno de la DGI, Horacio Castagnola.
En el ente recaudador calculan que la deuda acumulada por estas retenciones suma unos $ 1500 millones, de los cuales $ 1230 millones corresponden a lo retenido entre 2012 y 2014. Hasta ahora, 133.500 contribuyentes habrían hecho el reclamo correspondiente, pero prácticamente no hubo quién haya cobrado, incluso pese a tener el trámite en regla. Entran en este universo los monotributistas que no están inscriptos en Bienes Personales, amas de casa, estudiantes y cualquier persona que no sea contribuyente de estos dos impuestos.
Quienes no hubiesen hecho el trámite hasta ahora podrán en los próximos días iniciar el reclamo para lo acumulado entre 2012 y 2014.
Para todos los que deban iniciar el trámite y aún no tienen CUIT, será necesario primero acercarse a una agencia de la AFIP con el formulario F460/F (se obtiene por Internet) por duplicado, DNI y dos constancias del domicilio fiscal que se declara, registrar sus datos biométricos (foto, firma, etc.) y poseer una clave fiscal de nivel de seguridad 3 (se obtiene en la web de la AFIP y sirve para después operar desde ahí).
Para el resto, el trámite será exclusivamente por Internet. Ante todo -algo que nunca se había aclarado anteriormente- se deberá registrar en la página de la AFIP el número de CBU (clave bancaria uniforme) de la cuenta bancaria en la que se podrán luego acreditar los fondos. Para ello se debe acceder por la web al servicio "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de seguridad social". Y luego llenar el formulario F746/A.
Además, en la AFIP sugieren que los contribuyentes inscriban un domicilio fiscal electrónico (también en la página de la AFIP), para seguir a través de esa vía de comunicación el estado de su trámite, conocer la fecha de pago e informarse si existe alguna deuda pendiente. La AFIP no hará devoluciones a quienes tengan deudas con el organismo. En esos casos se deberá regularizar antes los pagos. Según explican, son muchos los ciudadanos que podrían tener que pagar Ganancias y no están al tanto o no lo están haciendo.
La AFIP comunicará a quienes inscriban un domicilio fiscal electrónico días antes de la fecha correspondiente de pago si existen o no deudas, o el estado de cada trámite.
En la AFIP recordaron que quienes trabajan en relación de dependencia, el empleador les devolverá con el sueldo de marzo la percepción en exceso sobre lo que deberían tributar por Ganancias. Según confiaron en la AFIP, hay un universo de gente que nunca pidió la devolución, que incluye monotributistas y asalariados, que sumaría entre 15.000 y 20.000 millones de pesos. Intuyen que en muchos de estos casos se trata de individuos que eligieron no hacer reclamos por temor o porque sus consumos exceden sus ingresos en blanco.

Fuente: La Nación.

martes, 25 de diciembre de 2012

Gastos en el exterior con tarjetas de crédito - Devolución del gravamen


Mediante la Resolución 3420 (B.O. del 21/12/2012), la A.F.I.P. dispuso el procedimiento a seguir por aquellos sujetos que, no siendo contribuyentes de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, sufrieron las percepciones del 15% por las operaciones de adquisición de bienes y locaciones de servicios efectuadas en el exterior que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, establecidas en la Resolución General Nº 3378, a los efectos de solicitar su devolución.
La devolución de las percepciones sufridas se realizará a través del servicio de A.F.I.P. “Mis Aplicaciones Web”, opción Devoluciones Web – Percepciones R.G. 3378 y 3379, mediante el cual se generará el formulario F. 746/A.
Previamente a la solicitud, los sujetos deberán tener registrados y aceptados los datos biométricos e informar a la A.F.I.P. la C.B.U. de la cuenta bancaria a través del servicio “Declaración de C. B. U. para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social – opción información /modificación/ consulta”.
De ser aprobada la solicitud, el monto de la devolución será acreditado en la cuenta bancaria cuya C.B.U. haya sido denunciada.
Las solicitudes de devolución podrán interponerse a partir del 1º de febrero de 2013 y comprenderán las percepciones practicadas desde el 1º de octubre de 2012, inclusive.