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viernes, 25 de enero de 2013

Proveedores de bienes y servicios CABA deberán enviar por mail Nº de reclamo, consulta o queja

Por Ley 4388 CABA publicada en el Boletín Oficial  del 18 de enero de 2013  se establece la obligatoriedad, por parte de las empresas proveedoras de bienes y servicios, de solicitar el mail al usuario y de enviar, por dicha vía, el número de reclamo, queja, consulta, gestión administrativa que se refiera a los mismos, así como también la transcripción del reclamo o queja telefónica u on line realizada por el usuario, a fin de tener constancia escrita del mismo y verificar que se ajuste a lo que verdaderamente se reclamó.
En caso de no contar el usuario con mail, las empresas pondrán a disposición del usuario una copia gratuita en las oficinas comerciales para su retiro por parte del consumidor en horario comercial.
Vigencia: el 1º de julio de 2013.