martes, 3 de diciembre de 2024

Honorarios Mínimos Sugeridos CPCECABA - Diciembre 2024

 El Consejo Directivo del CPCECABA aprobó un incremento en el módulo para fijar los Honorarios Mínimos Sugeridos para todos los profesionales en Ciencias Económicas matriculados. De tal manera el nuevo valor del módulo es de  $  9.346,00.-  a partir del 1º de diciembre de 2024.

 Cabe recordar que el módulo, es la unidad de medida utilizada para expresar los honorarios mínimos sugeridos, según se desprende del Informe aprobado por Res. C.D. Nº 63/07.

 Fuente: CPCECABA.

viernes, 9 de agosto de 2024

Anticipos Ganancias y Bienes Personales 2024

A través de la Resolución 5541 publicada hoy en el Boletín Oficial  la AFIP modificó las fechas de ingreso del primer y segundo anticipo del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales del año 2024 de acuerdo al siguiente detalle:


 1° ANTICIPO PERÍODO FISCAL 2024

TERMINACIÓN CUITDÍA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 y 314/10/2024
4, 5 y 615/10/2024
7, 8 y 916/10/2024

2° ANTICIPO PERÍODO FISCAL 2024

TERMINACIÓN CUITDÍA DE VENCIMIENTO
0, 1, 2 y 313/11/2024
4, 5 y 614/11/2024
7, 8 y 915/11/2024

lunes, 29 de julio de 2024

Honorarios Mínimos Sugeridos CPCECABA - Julio 2024

El Consejo Directivo del CPCECABA aprobó un incremento en el módulo para fijar los Honorarios Mínimos Sugeridos para todos los profesionales en Ciencias Económicas matriculados. De tal manera el nuevo valor del módulo es de  $  7.755,00.-  a partir del 1º de julio de 2024.

 Cabe recordar que el módulo, es la unidad de medida utilizada para expresar los honorarios mínimos sugeridos, según se desprende del Informe aprobado por Res. C.D. Nº 63/07.

 Fuente: CPCECABA.

Bienes Personales - Beneficio contribuyentes cumplidores

A través de la Resolución 5535, la AFIP reglamentó el acceso al beneficio de los "contribuyentes cumplidores" en el impuesto sobre los Bienes Personales.

El beneficio consiste en la reducción del 0,50% de la alícuota que corresponda aplicar según la escala del impuesto. 

Requisitos:
1) Estar inscripto en el impuesto, poseer CUIT "activo", tener actualizado el código de actividad y haber contestado los requerimientos recibidos.
2) No haber regularizado bienes mediante el Régimen de Regularización de Activos.
3) Haber presentado y cancelado antes del 31 de diciembre de 2023 las Declaraciones Juradas por los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022.

La solicitud de adhesión se realizará a través del servicio "Sistema Registral/Beneficio para Contribuyentes Cumplidores" 

viernes, 26 de julio de 2024

Salario Mínimo Vital y Móvil - Julio a Octubre 2024

 A través de la Resolución 13/2024 el Consejo Nacional de Empleo fijó para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) un Salario Mínimo Vital y Móvil, para trabajadores mensualizados, de: 1) $254.232- a partir del 1ºde julio de 2024 2) $262.433.- a partir del 1º de agosto de 2024  3) $268.057.- a partir del 1º de septiembre de 2024 y 4) $271.571 a partir de octubre de 2024.


jueves, 18 de julio de 2024

Modificaciones Ley Impuesto a las Ganancias - Cuarta Categoria

 La ley 27.743 introdujo modificaciones en el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría entre las que pueden destacarse:

1) Se deroga el impuesto cedular (Ley Massa) a partir de las remuneraciones percibidas en julio 2024. Los sueldos percibidos hasta el 30 de junio quedarán comprendidos en la ley anterior y no podrán generar devoluciones de las sumas retenidas, si las hubiere. 
2) Se derogan las exenciones del artículo 26 por horas extras, bono por productividad, fallos de caja, suplementos personal militar y SAC; del artículo 27 correspondientes a guardias sector salud y del artículo 82 por gastos de movilidad y adicional material didáctico docentes.
3) Se incrementan las deducciones personales. Mínimo no Imponible 2024
$3.091.035.-, Cónyuge $2.911.135.-, hijos $1.468.096 y deducción especial  $10.818.622.50
4) Se modifica la escala del año 2024. La escala del 35% se tributa a partir de los $36.450.000;-

Recategorización Monotributo 2024

 Lrecategorización semestral en base a la facturación de los últimos doce meses fue extendida  hasta el 2 de agosto de 2024 de acuerdo a lo establecido por la Resolución 5523/24. 

No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).  Los montos máximos de facturación vigentes que fueron unificados por la Ley 27.743, son de $ 68.000.000-  anuales tanto para servicios como para la venta de cosas muebles.

Por su parte el  Precio unitario máximo para la venta de cosas muebles fue fijado en $ 385.000.-