La Ley 26.773 modifica la legislación vigente desde 1995,
eleva el monto de las indemnizaciones por accidentes de trabajo y
elimina la denominada "doble vía".
La reforma transfiere el
reclamo judicial de un conflicto del fuero laboral al fuero civil y
elimina la denominada "doble vía", por la que se cobraba indemnización
tarifada de las aseguradoras de riesgo de trabajo (ART) y permitía
reclamos de resarcimiento en la Justicia laboral
Estos son los puntos
salientes de la nueva ley:
- El trabajador percibirá junto a las indemnizaciones
dinerarias previstas en este régimen una indemnización adicional de pago
único en compensación por cualquier otro daño no reparado por las
fórmulas allí previstas, equivalente al veinte por ciento (20%) de esa
suma.
- Todas las indemnizaciones se ajustarán semestralmente por
RIPTE, (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores
Estables), que es el índice que mejor refleja la evolución de los
salarios.
- Fija un régimen de “opción excluyente” entre la
indemnización establecida por la ley o la demanda judicial. Se establece
un plazo de 15 días a partir del accidente como máximo para que el
trabajador cobre la indemnización.
- Para la acción civil, se
estableció la competencia civil y se acotaron los honorarios
profesionales, según un régimen similar al vigente en la Ley de Contrato
de Trabajo (hasta 25 por ciento), excluyendo el pago de cuota litis,
tal como viene ocurriendo en materia de accidentes de trabajo.
- Dentro del juicio civil, si lo hubiera, la ART también paga su parte
- El empleador puede contratar seguro por responsabilidad civil.
-
La Superintendencia de Seguros de la Nación y la Superintendencia de
Riesgos del Trabajo (SRT) establecerán los indicadores que las ART
tendrán en cuenta para establecer su régimen de alícuotas.
Texto Ley 26.773
No hay comentarios:
Publicar un comentario