La Resolución Nº 3689 AFIP establece que los sujetos que realicen
prestaciones de servicios en el país cuya utilización o explotación efectiva se
lleve a cabo en el exterior —exportación de servicios—, deberán emitir
comprobantes electrónicos originales, en los términos de la Resolución General
N° 2758, a los fines de respaldar las
operaciones con los prestatarios de tales servicios.
Están alcanzados por la presente las facturas de exportación clase "E" y las Notas de crédito y débito clase "E".
Vigencia:
Para los contribuyentes que opten por emitir sus comprobantes a través del servicio "comprobantes en línea": 01/01/2015.
Para aquellos que opten por los otros sistemas previstos en el art. 4 inc a) y c): 01/02/2015.
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