lunes, 31 de agosto de 2015

AFIP informará el consumido a informar

Los contribuyentes que no fueron muy prolijos ya tuvieron serias dificultades este año para conciliar ingresos y egresos en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias de personas físicas, o sea "el consumido" de las rentas. Pero el año próximo será la AFIP la que pondrá a disposición de los individuos toda la información que posee sobre sus bienes, de modo de no dejarles más remedio que justificar con qué ingresos los obtuvieron y, por lo tanto, transparentar las fuentes que hayan mantenido ocultas.
Así lo informó Horacio Curien, subdirector general de Fiscalización de la AFIP, en el XII Foro Anual Potestades Tributarias organizado por Forum y que reunió a funcionarios de distintas administraciones del país.
Curien afirmó que el organismo recaudador trabaja para llegar a tiempo con la posibilidad de ser el que brinde al contribuyente toda la información que posee sobre "ese inmueble en Miami del que su contador no sabe nada", en lugar de esperar a que se produzcan las inconsistencias con los datos que posee la AFIP.

Fuente: El Cronista

jueves, 13 de agosto de 2015

Resolución General (IGJ) 7/2015

La Resolución General (IGJ) 7/2015 reemplaza la Resolución General (IGJ) 7/2005 y está adecuada a la nueva normativa establecida por el Codigo Civil y Comercial de la Nación.

Resolución General (IGJ) 7 2015

Factura Electrónica: Prórroga adhesión - Aclaración

En reunión FACPCE-AFIP del 7 de agosto de 2015 se aclaró que:
1- Los contribuyentes que han comenzado a emitir facturas electrónicas No pueden volver a emitir facturas manuales, salvo casos de fuerza mayor (facturas de resguardo).
2- La flexibilización dispuesta por la Resolución 3749 AFIP se fundamenta en dificultades observadas para la implementación del régimen de facturación electrónica.
3- Los contribuyentes que dieron de alta un nuevo punto de venta y emitieron al menos una factura electrónica antes del 10 de agosto deben continuar emitiendo factura electrónica para respaldar sus operaciones.

lunes, 10 de agosto de 2015

Régimen Informativo de Compras y Ventas - Importación datos "comprobantes en línea"

En respuesta a la nota presentada por el Consejo Profesional el 26/05/2015, mediante la cual se solicitó instrumentar la importación de los “Comprobantes en línea” hacia el aplicativo del Régimen informativo de Compras y Ventas, el Consejo informó que a partir del 7/08/2015 la AFIP adaptó el archivo para poder migrar todos los comprobantes electrónicos hacia dicho aplicativo.

Fuente: CPCECABA

Factura electrónica: prorroga adhesión hasta el 31/03/16

A través de la Resolución Nº 3793, publicada hoy en el Boletín Oficial la AFIP decidió prorrogar hasta el 31 de marzo de 2016, la obligatoriedad de adherir al régimen de emisión de comprobantes electrónicos originales dispuesto por las Resolución N° 3749.
De esta manera, se dispone que la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I (Régimen General de Factura Electrónica para Responsables inscriptos en I.V.A.) y III (Emisión de Comprobantes Electrónicos Originales – Reemplazo de Regímenes Informativos) de la Resolución General N° 3749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016.
Idéntico plazo regirá para lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 16 de la Resolución General N° 3779, respecto a la incorporación de regímenes de información al Anexo de la Resolución General N° 3749.

viernes, 7 de agosto de 2015

Desde septiembre suben 12,49 por ciento las jubilaciones y pensiones

Tal como establece la Ley de movilidad jubilatoria, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner informó que el segundo aumento anual para jubilados y pensionados será del 12,49%. El mínimo pasa de $3.821 a $4.299.
Sumado al primero asignado en marzo que fue del 18,26%, el acumulado anual es de 33,03 por ciento.
Así como la jubilación mínima pasó de $3.821 a $4.299; el haber máximo pasó de 27.000 a 31.000 pesos, y el haber medio pasó de 6.811 a 7.761 pesos.

jueves, 6 de agosto de 2015

UIF subió a $ 600.000 monto para informar la compra de autos

La Unidad de Información Financiera (UIF) a través de la  Resolución 262/2015 elevó de $ 350.000 a $ 600.000 el monto de las operaciones de compraventa de automotores que se deberán informar ante la oficina antilavado.
La Resolución 262/2015 sustituye el artículo 16 de la Resolución 127 de 2012, que define el perfil del cliente y los requisitos, que se mantienen intactos. "En el caso de clientes que realicen las operaciones sobre automotores por un monto anual que alcance o supere la suma de $ 600.000", subrayó, y aclara que los datos a declarar. "Información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial, financiera y tributaria (declaraciones juradas de impuestos; copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra; certificación extendida por Contador Público matriculado, debidamente intervenida por el Consejo Profesional, indicando el origen de los fondos, señalando en forma precisa la documentación que ha tenido a la vista para efectuar la misma; documentación bancaria de donde surja la existencia de los fondos; documentación que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes; o cualquier otra documentación que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para realizar la operación).
Asimismo, los requisitos previstos serán exigidos cuando los compradores "hayan podido determinar que se han realizado trámites simultáneos o sucesivos en cabeza de un titular, que individualmente no alcanzan el monto mínimo establecido, pero que en su conjunto lo exceden".
Como novedad, la UIF incorporó un índice de actualización automático del monto mínimo de las operaciones. La norma establece que se elevará la cifra si aumento más de 15% el Índice de Precios del Sector Automotor mensual acumulado en los últimos seis meses que elabora la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA). En ese caso, el organismo de Sbatalla "procederá a adecuar el monto".
Los exceptuados de definir el perfil del cliente siguen siendo los mismos. "Cuando las operaciones se realicen mediante transferencias bancarias, siempre que los fondos provengan de una cuenta de la cual el cliente fuera titular o cotitular, y/o cuando éstos tengan origen en créditos prendarios o personales otorgados por entidades financieras sujetas al régimen de la Ley N° 21.526 y sus modificatorias".
Y en el caso en que "las operaciones se efectúan mediante dación en pago o permuta de un bien, cuando la diferencia entre el valor del bien aportado y el precio del que fuera objeto de adquisición no sea superior al umbral de $ 600.000".
La Resolución 262/2015 también sustituye el artículo 26 de la N° 127, de los reportes sistemáticos. "Los Sujetos Obligados deberán informar hasta el día 15 de cada mes las operaciones, realizadas en el mes calendario inmediato anterior, sobre: expedición de cédulas azules en automotores con valuación superior a $ 350.000; cesión y/o reinscripción y/o cancelación anticipada de prendas en automotores con valuación superior a $ 220.000, y adquisición de automotores por un monto superior a $ 200.000".
Los controles alcanzan a autos, camionetas y motos. Específicamente a "motovehículos de 2, 3 ó 4 ruedas de 300 cc. de cilindrada o superior; coupé; microcoupé; sedán de 2, 3, 4 ó 5 puertas; rural de 2, 3, 4 ó 5 puertas; descapotable; convertible; limusina; todo terreno; familiar y pick up".
Fuente: Ambito.com