A través de la Resolución General Nº 5/2015 (C.A.) (B.O. Nº 33.269 del
03/12/2015), la Comisión Arbitral fijó para el período fiscal 2016 las
fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y
pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a
contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, en base al
dígito verificador del Nº de CUIT correspondiente.
El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada –Formulario
CM05– correspondiente al período fiscal 2015 operará el 30 de abril del
año 2016, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo, el
coeficiente unificado y determinar las bases imponibles
jurisdiccionales.
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