A través de la Resolución 3819
AFIP publicada hoy en el Boletin Oficial se derogan las Resoluciones
3450 y 3583 que establecieron un régimen de percepción
sobre operaciones de compras efectuadas en el exterior con tarjeta de crédito o
débito, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de viaje,
adquisición de pasajes con destino fuera del país, adquisición de moneda
extranjera para gastos de turismo y viajes y adquisición de moneda extranjera
para tenencia.
La misma resolución establece un régimen de
percepción con una alícuota del 5% que se
aplicará sobre las operaciones de adquisición de servicios en el exterior a
través de agencias de viaje y la adquisición de pasajes con destino fuera del
país en la medida que se cancelen mediante pago en
efectivo.
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