A través de la Resolución General C.A. Nº 1/2016 se estableció que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada -Formulario CM05-correspondiente al período fiscal 2015 operará el 16 de mayo del año 2016.
viernes, 26 de febrero de 2016
jueves, 25 de febrero de 2016
Retención Impuesto a las Ganancias - Decreto 394/2016
Por Decreto 394 publicado en el Boletín Oficial del 23 de febrero de 2016 se modificaron las deducciones del Art. 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias quedando establecidos como sigue:
a) Ganancia no imponible: $ 42.318.-
b) Cónyuge: $ 39.778.-
c) Hijo: $ 19.889.-
d) Otras cargas: $ 19.889.-
e) Deducción especial: $ 42.318.-
Por otra parte el nuevo decreto deroga el Decreto 1242 2013.
Vigencia: 1º de enero de 2016.
a) Ganancia no imponible: $ 42.318.-
b) Cónyuge: $ 39.778.-
c) Hijo: $ 19.889.-
d) Otras cargas: $ 19.889.-
e) Deducción especial: $ 42.318.-
Por otra parte el nuevo decreto deroga el Decreto 1242 2013.
Vigencia: 1º de enero de 2016.
martes, 23 de febrero de 2016
Indicador Mínimo de Trabajadores - Dependientes de Personas Físicas de Altos Ingresos - Su derogación
A través de la Res 3828 AFIP se derogó la presunción establecida por la Res 2927 AFIP relativa a la existencia de personal que presta asistencia personal al núcleo familiar en la medida que el contribuyente supere un monto de ingresos brutos anuales o alcance un patrimonio determinado.
martes, 16 de febrero de 2016
AFIP - Plan de Facilidades de Pago Permanente
Mediante la Resolución 3827 la AFIP oficializó el plan de pagos
permanente para deudas impositivas y de la seguridad social, que comenzó a regir
para empresas, autónomos y monotributistas.
Resolución 3827 AFIP
Resolución 3827 AFIP
jueves, 4 de febrero de 2016
Devolución Percepciones Operaciones en Moneda Extranjera - Seguimiento estado solicitudes
Se podrá conocer el estado de las solicitudes de devoluciones presentandas realizando los siguientes pasos:
- Ingrese con su clave fiscal al servicio “Mis Aplicaciones Web”.
- Utilizando la herramienta de búsqueda (Botón “Buscar”), ubicada en el margen superior izquierdo de la pantalla, seleccione el Formulario F.746/A - DEVOLUCIONES Y TRANSFERENCIAS y presione el botón aceptar.
- El sistema desplegará el listado de las solicitudes presentadas.
- Posicionándose sobre el texto “Presentado” en la columna ESTADO, el sistema le informará el estado en que se encuentra la misma.
martes, 2 de febrero de 2016
AFIP - Plan de Facilidades de Pago Permanente
"El plan de facilidades de pago, que nosotros lo
definimos como un rueda de auxilio, es para todos los contribuyentes y
va a permitir tener un plan objetivo, sin limitaciones y con distintos
tipos de cuotas según el tipo de deuda", explicó el titular de la
AFIP, Alberto Abad. La iniciativa que será implementada a partir de la
semana que viene apunta a "que siempre esté vigente un plan de
facilidades de pago para que los contribuyentes puedan tener una
respuesta de la administración tributaria y no acumulen una deuda que
después le complica su gestión o les hace pagar costos financieros
excesivos", aclaró el funcionario.
El plan de carácter permanente abarca a las deudas por: Aportes autónomos; monotributistas y trabajadores en relación de dependencia; Impuesto Integrado monotributista; Contribuyentes situados en áreas de desastre o emergencia. No podrán acceder quienes tienen deudas por retenciones impositivas y previsionales (corrientes); anticipos y/o pagos a cuenta; IVA por importación de servicios, ART, deuda declarada en planes vigentes.
A juicio de Abad este plan que "será permanente" tiene como condición el ser "transparente y uniforme para todos". Explicó que "no habrá discrecionalidades porque el trámite lo hará el contribuyente vía internet".
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas y el pago será vía débito directo a través de la cuenta en el banco. Las cuotas tendrán un mínimo de $ 500 para planes de autónomos y monotributistas y de $ 1.000 para el resto de los planes. Los beneficios para acceder a este plan son poder levantar la suspensión en los Registros Especiales Aduaneros, obtener el certificado fiscal para trabajar con el Estado, y acceder a beneficios fiscales que exigen cumplimiento.
El atraso de dos cuotas consecutivas o no hará que el Plan caiga automáticamente y para poder acceder en el futuro a financiar deudas con la AFIP el contribuyente deberá pagar la totalidad del pasivo al contado.
La tasa de financiación se actualizará mensualmente y la referencia será la tasa nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días. A este valor se adicionarán 2 puntos para ingresos hasta $ 91.000.000 anuales y 6 puntos para ingresos superiores a $ 91.000.000 anuales.
El Plan sustituye las modalidades vigentes durante la gestión de Ricardo Echegaray. Cabe recordar que existían tres modalidades: Plan de Facilidades de Pago para Pymes hasta 50 millones de facturación, Plan Facilidades de 120 cuotas a una tasa de interés del 1,35% y el art. 32 que le permitía al administrador de la AFIP a otorgar "discrecionalmente" una moratoria. Este artículo fue el que en su momento se aplicó para el caso Ciccone. Al respecto, Abad indicó que descubrieron numerosas planes de facilidades de pagos otorgados a través del art. 32.
Respecto de la recaudación tributaria de enero, Abad resaltó que la recaudación fiscal, que tuvo una variación del 38,5% (ver aparte) "es muy significativa y hay que destacar que 4 puntos de este incremento se originaron en retenciones al Impuesto a las Ganancias por las operaciones de futuro".
En este sentido, el titular de la AFIP recordó que "esa operatoria fue una imprudencia del Banco Central (durante la gestión anterior) que permitía una evaluación del dólar que era totalmente irreal, entonces para de alguna manera compensar esta decisión se estableció esta retención del 35% que implicó una recaudación adicional que representaron unos 7.700 millones de pesos, en este mes, y que después se seguirá percibiendo aunque con montos más chicos", concluyó Abad.
Fuente: Ambito Financiero
El plan de carácter permanente abarca a las deudas por: Aportes autónomos; monotributistas y trabajadores en relación de dependencia; Impuesto Integrado monotributista; Contribuyentes situados en áreas de desastre o emergencia. No podrán acceder quienes tienen deudas por retenciones impositivas y previsionales (corrientes); anticipos y/o pagos a cuenta; IVA por importación de servicios, ART, deuda declarada en planes vigentes.
A juicio de Abad este plan que "será permanente" tiene como condición el ser "transparente y uniforme para todos". Explicó que "no habrá discrecionalidades porque el trámite lo hará el contribuyente vía internet".
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas y el pago será vía débito directo a través de la cuenta en el banco. Las cuotas tendrán un mínimo de $ 500 para planes de autónomos y monotributistas y de $ 1.000 para el resto de los planes. Los beneficios para acceder a este plan son poder levantar la suspensión en los Registros Especiales Aduaneros, obtener el certificado fiscal para trabajar con el Estado, y acceder a beneficios fiscales que exigen cumplimiento.
El atraso de dos cuotas consecutivas o no hará que el Plan caiga automáticamente y para poder acceder en el futuro a financiar deudas con la AFIP el contribuyente deberá pagar la totalidad del pasivo al contado.
La tasa de financiación se actualizará mensualmente y la referencia será la tasa nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días. A este valor se adicionarán 2 puntos para ingresos hasta $ 91.000.000 anuales y 6 puntos para ingresos superiores a $ 91.000.000 anuales.
El Plan sustituye las modalidades vigentes durante la gestión de Ricardo Echegaray. Cabe recordar que existían tres modalidades: Plan de Facilidades de Pago para Pymes hasta 50 millones de facturación, Plan Facilidades de 120 cuotas a una tasa de interés del 1,35% y el art. 32 que le permitía al administrador de la AFIP a otorgar "discrecionalmente" una moratoria. Este artículo fue el que en su momento se aplicó para el caso Ciccone. Al respecto, Abad indicó que descubrieron numerosas planes de facilidades de pagos otorgados a través del art. 32.
Respecto de la recaudación tributaria de enero, Abad resaltó que la recaudación fiscal, que tuvo una variación del 38,5% (ver aparte) "es muy significativa y hay que destacar que 4 puntos de este incremento se originaron en retenciones al Impuesto a las Ganancias por las operaciones de futuro".
En este sentido, el titular de la AFIP recordó que "esa operatoria fue una imprudencia del Banco Central (durante la gestión anterior) que permitía una evaluación del dólar que era totalmente irreal, entonces para de alguna manera compensar esta decisión se estableció esta retención del 35% que implicó una recaudación adicional que representaron unos 7.700 millones de pesos, en este mes, y que después se seguirá percibiendo aunque con montos más chicos", concluyó Abad.
Fuente: Ambito Financiero
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