A través de la Res. 3881 la AFIP dispuso que desde este año, las personas físicas y las empresas, tendrán que
ingresar los anticipos del Impuesto a las Ganancias, de Bienes
Personales y de Ganancia Mínima Presunta, en la medida que superen los
nuevos importes mínimos que se establecen. Para las personas
físicas el mínimo pasa de $ 100 a $ 1.000; y para las sociedades se
modifica de $ 45 a $ 500.
Estos nuevos importes mínimos regirán para el
año 2016, sobre los impuestos que tienen que abonar los contribuyentes
individuales; y para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de
enero de 2016, para los de las sociedades.
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