viernes, 12 de julio de 2013

Reducción Anticipos

Las empresas que pretenden pagar este año menos anticipos del Impuesto a las Ganancias o del a la Ganancia Mínima Presunta de los que resultaría de considerar las operaciones de 2012, a pesar de estar en su derecho, están encontrando serios impedimentos.

La primera sorpresa es que en la ventana de Internet de la AFIP correspondiente a “Reducción de anticipos” hay dos opciones: desistir del trámite o darse por notificado de que será sujeto a una fiscalización electrónica si continúa con el intento.

Y después de haber hecho ejercicio del derecho a esa opción de todos modos y de haber pagado los anticipos reducidos, el segundo susto es la recepción en el domicilio de una intimación para que ingrese la diferencia en el plazo de 48 horas y bajo amenaza de sanciones.
  
Si bien la resolución general 327 que reglamenta el trámite de reducción de anticipos contempla que AFIP puede requerir los elementos que crea necesarios para considerar la procedencia del pedido, la misma norma establece que los responsables deberán efectuar el pago de los anticipos que resulten de la estimación practicada por ellos. O sea que la resolución 327 no condiciona el ingreso de un anticipo menor a la aprobación expresa por parte de la AFIP.

Si el contribuyente se equivoca en su estimación, el organismo recaudador tendrá derecho a exigirle el ingreso de intereses resarcitorios sobre el monto de los anticipos no ingresados con motivo del error cometido.

Fuente: El Cronista

martes, 18 de junio de 2013

Recategorización anual autónomos

Durante el mes de junio de cada año los trabajadores autónomos deberán recategorizarse en función a los ingresos brutos obtenidos durante el año anterior. La falta de recategorización anual implicará la ratificación de la categoría declarada.
Están exceptuados de recategorizarse:
- Los beneficiarios de prestaciones previsionales (Ley N° 24.241), que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
- Los afiliados voluntariamente en el Régimen de trabajadores autónomos.
- Los jugadores de fútbol, miembros de los cuerpos médicos, técnicos y auxiliares que atiendan a los planteles que practiquen fútbol profesional, que intervienen en los torneos organizados por la AFA en las divisiones Primera A, Nacional B y Primera B.
- Las amas de casa que optaron por el aporte reducido previsto en el régimen de la Ley N° 24.828.

Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización anual, tendrán efecto para los vencimientos que operen entre los meses de Julio -del año de la recategorización- y Junio -del año calendario inmediato siguiente-.

viernes, 14 de junio de 2013

AGIP - Feria Fiscal Invierno

La Resolución Nº 406/2013 (B.O.C.A.B.A. del 11/06/2013) de la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) estableció que la suspensión de los plazos procedimentales, conocida como “feria fiscal de invierno", se extenderá entre el 15 y el 19 de julio, ambas fechas inclusive.
Los plazos para el ingreso de los distintos impuestos siguen vigentes durante la feria fiscal.

lunes, 6 de mayo de 2013

Registros Especiales de la Seguridad Social - Resolución 3491 AFIP

La Resolución 3491  AFIP publicada el 30 de abril de 2013 en el Boletín Oficial creó el servicio  denominado Registros Especiales de la Seguridad Social, integrado por los siguientes registros especiales: Personal de casas particulares y Vehículos de alquiler (auto-remis).
En cuanto al registro de Personal de Casas Particulares:
    - Deberán inscribirse quienes resulten empleadores de acuerdo a lo establecido por la ley 26.844
    - Información a suministrar:
       - Del empleador: apellido y nombre, domicilio fiscal, CUIT o CUIL
       - De cada empleado: apellido y nombre, CUIT o CUIL, fecha de nacimiento, domicilio real y código  postal, CBU en caso de poseerla.
      - Sobre la prestación: fecha de registración, monto remuneración pactada, cantidad de horas trabajadas semanalmente, domicilio en el que realiza la prestación, obra social, puesto desempeñado.
      - Plazos para efectuar comunicaciones: alta empleados hasta el día inmediato anterior al de comienzo efectivo y baja empleados dentro de los cinco días corridos a partir de la extinción de la     relación laboral.
Una vez efectuada la registración el sistema emitirá un comprobante que acreditará el cumplimiento de la obligación de informar.

viernes, 3 de mayo de 2013

Aplicaciones informáticas AFIP - Cambio de denominación

A través de la Resolución 3489 la AFIP sustituyó la denominación de los sistemas Mis Aportes, Su Declaración y Mi Simplificación por Aportes en Línea, Declaración en Línea y Simplificación Registral.

Dependientes de Personas de Altos Ingresos - Resolución 3492 AFIP

A través de la Resolución 3492 publicada el 30 de abril de 2013 la AFIP estableció un nuevo Indicador Mínimo de Trabajadores. 
Se presumirá que aquellas personas definidas como de altos ingresos tienen al menos un trabajador desarrollando tareas de asistencia personal al contribuyente y/o a su grupo familiar.
Se entenderá como persona de altos ingresos a aquellos cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a $ 500.000.- y les corresponda tributar el impuesto sobre los Bienes Personales o cuando la totalidad de sus bienes gravados y no gravados supere el monto mínimo exento (hoy $ 305.000.-).


Nuevos límites de facturación para calificar como empresa PyME

La Resolución Nº 50 de la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa elevó los límites de facturación para considerar encuadrada una empresa como PyME.
Los nuevos montos máximos de facturación anual por sector son:
Agropecuario  $54.000.000
Industria y Minería  $183.000.000
Comercio  $250.000.000
Servicios  $63.000.000
Construcción $84.000.000