- Los empleados en relación de dependencia que paguen Ganancias y hayan
realizado gastos en el exterior pueden presentar el resumen de la tarjeta en el
área de RRHH de la empresa para que les devuelvan el importe del impuesto.
- Aquellos que trabajan de forma independiente y son “responsables inscriptos” pueden descontar como anticipo de Ganancias, sin tener que esperar hasta fin de año.
- Los que paguen Bienes Personales son los más perjudicados, porque se cancela una vez al año. No podrán descontar su crédito en forma mensual.
- En el caso de los monotributistas deberán pedir un certificado en la AFIP.
Fuente: El Cronista.
- Aquellos que trabajan de forma independiente y son “responsables inscriptos” pueden descontar como anticipo de Ganancias, sin tener que esperar hasta fin de año.
- Los que paguen Bienes Personales son los más perjudicados, porque se cancela una vez al año. No podrán descontar su crédito en forma mensual.
- En el caso de los monotributistas deberán pedir un certificado en la AFIP.
Fuente: El Cronista.
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