miércoles, 12 de septiembre de 2012

Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) - Res. 3363 AFIP

La Resolución 3363 AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial establece que los contribuyentes que confeccionen sus estados financieros, con carácter obligatorio u opcional,  aplicando las NIIF deberán presentar además de los estados financieros: a) un estado patrimonial  y de resultados confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes para los sujetos no alcanzados por las NIIF y b) un informe profesional detallando las diferencias que surjan de la aplicación  de los distintos métodos de valuación y exposición. Estos elementos deberán ser suscriptos por el representante legal y en su caso por contador público independiente.
Las pequeñas y medianas empresas que apliquen normas NIIF podrán optar por por incluir una nota a los estados financieros en el que se detalle el resultado final del ejercicio y los importes totales del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto determinados con normas contables profesionales vigentes para sujetos no alcanzados por las NIIF.
Para la determinación del tributo que se trate el contribuyente deberá partir de la información de los estados financieros que surja de los elementos arriba citados.
Las disposiciones de esta resolución serán de aplicación para los ejercicios comerciales que cierren a partir del 30 de junio de 2012.

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