(Fuente: Ambito Financiero) | ||||
La AFIP anunció ayer la implementación de un nuevo régimen de trazabilidad para bienes usados que se pondrá en marcha a partir del 1 de enero y que contempla fuertes sanciones para quienes no adhieran al registro,
como la baja de la CUIT, el secuestro de mercadería y la clausura del
locales. El organismo informó que las irregularidades detectadas serán
informadas al Ministerio de Seguridad, la Secretaría de Comercio
Interior, la Comisión Nacional de Comunicaciones, las entidades
financieras y autoridades provinciales. El Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables es obligatorio para la comercialización de autopartes y repuestos para automóviles, motos y máquinas en general, equipos de telefonía móvil, productos de computación y sus accesorios, electrónica y joyas. El nuevo régimen contempla la incorporación de la Factura Electrónica de aquellos que comercializan los bienes usados cuando no realicen las ventas a consumidores finales en el local. El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray anunció la creación de un registro obligatorio de todas las operaciones de compraventa de bienes usados, donde se detallarán los artículos, las cantidades y los montos de las transacciones como también la identificación de los proveedores. Aquellos que no estén incluidos en el registro podrán percibir una retención de hasta un 21% en el IVA y del 35% en el Impuesto a las Ganancias. |
viernes, 30 de noviembre de 2012
AFIP lanza régimen para bienes usados
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