La Inspección General de Justicia creó a través de la Resolución Nº 12/2012 el Certificado de Vigencia y Pleno Cumplimiento (CEVIP) que acredita la vigencia,
regularidad y el pleno cumplimiento ante la IGJ de
sociedades comerciales, fundaciones, Asociaciones Civiles y entidades
extranjeras.
La emisión del Certificado de Vigencia y Pleno Cumplimiento (CEVIP) se efectuará
exclusivamente ante el requerimiento de la entidad, sus representantes legales o
apoderados, siempre que se encuentren al día con la presentación de Estados
Contables, declaraciones juradas, y, en caso de corresponder, no adeude tasas
anuales y cualquier otra obligación que en el futuro se establezca.
En caso de incumplimiento de cualquiera de los
requisitos antes citados, el Certificado de Vigencia y
Pleno Cumplimiento (CEVIP) no será emitido y el trámite será observado con
expresa indicación de los incumplimientos en los que ha incurrido la
entidad.
El Certificado de Vigencia y Pleno Cumplimiento
(CEVIP) tiene validez por un plazo de 6 (seis) meses desde su emisión.
La presente entrará en vigencia a partir del 01
de enero de 2013.
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