jueves, 18 de mayo de 2017

Monotributo - Emisión de comprobantes

A través de la Resolución 4053 la AFIP estableció que los talonarios de facturas impresas con  anterioridad a noviembre de 2014 podrán ser utilizadas hasta el 31 de mayo 2017.
Una vez cumplida la fecha indicada en el párrafo anterior, los comprobantes que quedaren en existencia, deberán ser inutilizados mediante la leyenda “ANULADO” y ser archivados.
A partir del día 1° de junio de 2017, inclusive, los documentos que se emitan deberán cumplir con las condiciones previstas en la Resolución  3.665, sin excepción.

No hay comentarios:

Publicar un comentario