El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2015 operará el 30 de abril del año 2016, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales.
viernes, 4 de diciembre de 2015
Ingresos Brutos Convenio Multilateral - Vencimientos 2016
A través de la Resolución General Nº 5/2015 (C.A.) (B.O. Nº 33.269 del
03/12/2015), la Comisión Arbitral fijó para el período fiscal 2016 las
fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y
pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a
contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, en base al
dígito verificador del Nº de CUIT correspondiente.
El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2015 operará el 30 de abril del año 2016, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales.
El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada –Formulario CM05– correspondiente al período fiscal 2015 operará el 30 de abril del año 2016, sin perjuicio de aplicar a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales.
martes, 24 de noviembre de 2015
Facturador Móvil
A través de la Resolución 3808 la AFIP incorporó una nueva modalidad para la emisión de documentos electrónicos
alcanzados, que permitirá acceder al servicio “Comprobantes en Línea” a través
de dispositivos móviles (tabletas o teléfonos inteligentes).
Los Monotributistas alcanzados por el régimen de
factura electrónica de la Resolución 3067 y los responsables
inscriptos en I.V.A. alcanzados por la factura electrónica en virtud de la
Resolución 3749, a los fines de la emisión de comprobantes
electrónicos originales podrán utilizar la aplicación
denominada “Facturador Móvil” que deberá ser instalada desde las tiendas de
aplicaciones disponibles para cada dispositivo.
Los requisitos mínimos de
“hardware” y “software” estarán disponibles en el micrositio “Facturador Móvil”
del sitio AFIP.
martes, 17 de noviembre de 2015
Nuevo Plan Facilidades de Pago
A través de la Resolución 3806 publicada el 6 de noviembre en el Boletín Oficial la AFIP puso en vigencia un nuevo régimen de regularización de deudas vencidas al 30 de septiembre de 2015, cuyo vencimiento operará el próximo 30 de noviembre.
El Plan de Facilidades prevé un maximo de 120 cuotas, una tasa de interés mensual de 1,35% y una cuota mínima de $ 150.-
Si bien no contempla la condonación de deudas ni de intereses y multas, no exige otros requisitos como el mantenimiento de plantilla de personal o mantenerse al día con las obligaciones fiscales posteriores al acogimiento del plan.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es la posibilidad de reformular planes de facilidades vigentes al 6 de noviembre en condiciones mas beneficiosas.
El Plan de Facilidades prevé un maximo de 120 cuotas, una tasa de interés mensual de 1,35% y una cuota mínima de $ 150.-
Si bien no contempla la condonación de deudas ni de intereses y multas, no exige otros requisitos como el mantenimiento de plantilla de personal o mantenerse al día con las obligaciones fiscales posteriores al acogimiento del plan.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es la posibilidad de reformular planes de facilidades vigentes al 6 de noviembre en condiciones mas beneficiosas.
lunes, 28 de septiembre de 2015
Tasa Anual IGJ - Año 2015
La Inspección General de Justicia a través de la Resolución 1962/2015 fijó el día 14 de octubre de 2015 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.
Vencida la fecha establecida será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la mencionada Decisión Administrativa.
Vencida la fecha establecida será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la mencionada Decisión Administrativa.
martes, 15 de septiembre de 2015
Aporte Trabajadores Autónomos - Septiembre 2015
Aportes mensuales de los trabajadores autónomos a partir de septiembre 2015:
Categorías Importes en pesos
I 797,50
II 1.116,50
III 1.595,02
IV 2.552,02
V 3.509,02
Categorías Importes en pesos
I 797,50
II 1.116,50
III 1.595,02
IV 2.552,02
V 3.509,02
lunes, 14 de septiembre de 2015
La AFIP firmó un acuerdo con la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas
El administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo
Echegaray, firmó este mediodía con el presidente de la Federación
Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, Ramón
Nicastro, un acuerdo de cooperación.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, firmó este
mediodía con el presidente de la Federación Argentina de Consejos
Profesionales de Ciencias Económicas, Ramón Nicastro, un acuerdo de
cooperación para "potenciar la usabilidad y amigabilidad de los sistemas
de AFIP así como también optimizar su uso y funcionamiento", detalló el
organismo.
Asimismo, mantener un canal de interacción permanente
para procesar consultas, reclamos y/o sugerencias, y obtener reportes de
desvíos, errores o inconsistencias acerca de sistemas aplicativos y
servicios web de AFIP nuevos o ya existentes.
martes, 1 de septiembre de 2015
Monotributo - Vencimientos recategorización y Declaración Jurada Informativa
En
relación con el Monotributo les recuerdo que:
1)
El 21 de septiembre de 2015 vence el
plazo para que los Monotributistas se recategoricen de acuerdo a los
parámetros establecidos para cada categoría. La recategorización sólo alcanza a los
sujetos que deban modificar su categoría, y el nuevo valor de la cuota tendrá
vigencia para los pagos que se efectúen a partir del mes de octubre de
2015.
2) Entre
el 24 y el 30 de septiembre de 2015, de acuerdo a la terminación del CUIT,
vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada
Informativa correspondiente al Segundo Cuatrimestre 2015. La misma alcanza a
los contribuyentes encuadrados en las categorias F y superiores o que revistan
la calidad de empleadores, cumplan o no con la condicion
anterior.
3)
A partir del 1º de mayo de 2011 se encuentra vigente la obligación de los
Monotributistas, encuadrados en las categorias H y superiores, de emitir
facturas electrónicas. Están alcanzados los siguientes comprobantes:
Factura
"C", Nota de crédito y Nota de débito "C" y Recibos clase "C". Quedan excluidas
las facturas o documentos clase "C" que respalden operaciones con consumidores
finales, en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el
local, oficina o establecimiento.
4) Régimen de emisión de comprobantes: la Resolución 3704 de AFIP estableció que los monotributistas podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al 1º de noviembre de 2014 que tengan en existencias, siempre que hubieran informado los datos de los citados comprobantes a través del servicio "Autorización de impresión de comprobantes" antes del 31 de marzo de 2015 y no hubieran utilizado talonarios impresos conforme a la Resolución 3665 AFIP.
4) Régimen de emisión de comprobantes: la Resolución 3704 de AFIP estableció que los monotributistas podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al 1º de noviembre de 2014 que tengan en existencias, siempre que hubieran informado los datos de los citados comprobantes a través del servicio "Autorización de impresión de comprobantes" antes del 31 de marzo de 2015 y no hubieran utilizado talonarios impresos conforme a la Resolución 3665 AFIP.
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