Ante las numerosas dudas generadas en torno de la Resolución General 3333 Afip a continuación transcribo comunicado de una conocida agencia de turismo que aclara los alcances de la misma.
"Ante las numerosas consultas recibidas acerca del procedimiento de compra de divisas para viajar al exterior, les informamos que la misma solo se aplica para adquirir moneda extranjera.
Por lo tanto no es necesario informar ni solicitar autorización para viajar al exterior, pudiendo adquirir cualquier servicio de turismo a traves de la agencia de viajes, en pesos de la manera habitual en que se venía procediendo."
No hay comentarios:
Publicar un comentario