La Resolución General Nro 3356 AFIP que entró en vigencia en el día de hoy establece que las operaciones de compra de moneda extranjera en concepto de turismo y viajes al exterior requerirán, para su validación, que los datos declarados por el adquirente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o en su caso, por el operador turístico interviniente.
Dicha confirmación deberá efectivizarse ingresando en el servicio "Viajes al exterior-Operadores", mediante el uso de clave fiscal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario