jueves, 23 de agosto de 2012

Uruguay - Decreto Reglamentario Ley 18930 Participaciones Patrimoniales

Con fecha 2 de agosto se reglamentó la Ley 18930 que crea un registro para la identificación de los titulares de participaciones patrimoniales al portador emitidas por entidades residentes en Uruguay y ciertas entidades residentes en el exterior.
Los titulares de participaciones patrimoniales al portador deberán presentar la Declaración Jurada establecida en el art.6 de la ley dentro del plazo de 60 días a contar desde la vigencia de la misma.

Ley 18930 DR

Artículos relacionados:
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