martes, 3 de abril de 2012

Declaración jurada informativa de conceptos no remunerativos (DJNR)

Los empleadores comprendidos en el Sistema Único de la Seguridad Social deberán cumplir este nuevo régimen de información, con relación a las retribuciones que, bajo el concepto de no remunerativas, abonen a sus trabajadores en relación de dependencia, cualquiera sea el carácter o naturaleza que se les otorgue.
A tal fin la AFIP  creó el micrositio “Declaración jurada informativa de conceptos no remunerativos (DJNR)”, disponible en su página Web.
La presente resolución general entró en vigencia el 1 de abril de 2012, inclusive, y será de aplicación respecto de las remuneraciones que se abonen a partir de dicha fecha.

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