Una forma de sacar dinero del país fue contratar seguros de retiro en el
exterior para hacerse de una jubilación en dólares, pero esto está
prohibido, y debería ser una de las situaciones que se solucionen con el
blanqueo. Sin embargo, la ley de sinceramiento fiscal no prevé que se
perdonen las multas que rigen en estos casos que pueden llegar a 25
veces del valor de las primas aseguradas.
Los seguros contratados en
el exterior, con cuenta de capitalización, tienen un valor en dólares, y
están a disposición del asegurado que los puede retirar cuando lo
desee, quedando así enmarcados dentro de las tenencias susceptibles de
blanquearse, comentó María Inés Lasala, Coordinadora Académica del
Departamento Derecho Tributario de la Facultad de Derecho de la
Universidad Austral. Y consideró que es necesario que el Poder Ejecutivo
aclare y precise que no serán de aplicación las multas establecidas en
el artículo 2 de la Ley 12.988. O por lo menos, lo podrían aclarar la
AFIP junto con la Superintendencia de Seguros de la Nación.
Fuente: El Cronista 17 de agosto de 2016
Actualización: ver nota 14 de octubre de 2016 - Resolución 3944 AFIP
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