La Unidad de Información Financiera emitió la Resolución 92/2016
disponiendo que los sujetos obligados deberán implementar un sistema de
gestión de riesgos acorde al “Sistema voluntario y excepcional de
declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en
el país y en el exterior”.
Esta disposición resulta aplicable únicamente a las operaciones
derivadas del Régimen de Sinceramiento Fiscal, sin perjuicio de las
demás obligaciones.
Para el caso de detectar operaciones sospechosas, que fueran
realizadas por sus clientes hasta el 31 de marzo de 2017, en el contexto
del mencionado régimen legal, los Sujetos Obligados deberán reportarlas a través del
apartado denominado “ROS SF”.
A tal efecto, el Organismo, puso a disposición el instructivo que se encuentra publicado en su sitio web, en el área reservada para sujetos obligados.
Fuente: CPCECABA
No hay comentarios:
Publicar un comentario