viernes, 25 de enero de 2013

Comerciantes C.A.B.A. deberán informar los precios de los productos que comercialicen.

Por medio de la Ley 4435 publicada el 18/01/13  se implementó en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el deber de información a los consumidores por parte de todos los proveedores sobre los precios vigentes de los productos que comercializan, tanto en la venta al por mayor como por menor.
Los proveedores deberán comunicar en sus páginas web, en toda publicidad gráfica y demás formas de comunicación habitual con sus clientes, el teléfono y correo electrónico que esté disponible para recibir llamadas o mensajes de parte de los consumidores, sobre los precios que deseen obtener de los productos que comercializan.

Se encuentran exceptuados los proveedores definidos como micro y pequeñas empresas, conforme con los términos de la Resolución Nº 21/2010 (S.P. y M.E. y D.R.) del Ministerio de Industria.

No hay comentarios:

Publicar un comentario