La AFIP reglamentó la forma de determinación y pago del Impuesto sobre los
Bienes Personales que deben realizar los fiduciarios de fideicomisos no
financieros, en su carácter de responsables sustitutos, mediante la Resolución
General 3.423, publicada el 31 de diciembre pasado en el Boletín Oficial.
La AFIP otorgó un plazo especial
hasta el 2 de mayo de 2013 para que se ingrese el impuesto correspondiente a los
años 2008, 2009, 2010 y 2011.
Se estableció que el fiduciario deberá utilizar la versión 3.0 del aplicativo Bienes Personales -Acciones y Participaciones societarias, generando una
declaración jurada por cada fideicomiso que representa.
Texto Resolución 3423 AFIP
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