El nuevo plan de facilidades podrá ser formulado hasta el 31 de julio de 2013.
Obligaciones que pueden incluirse:
| Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento de presentación y pago haya operado hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas. | ||
| Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, por tributos a la importación o exportación, sus intereses y actualizaciones. | ||
| El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas, a que se refiere el Artículo 37 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. | ||
| Las deudas derivadas de ajustes de inspección, en tanto el contribuyente conforme la pretensión fiscal. | ||
| Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el contribuyente se allane o desista de toda acción y derecho por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento, y asuma el pago de las costas y gastos causídicos. | ||
| Obligaciones de cualquier tipo que hubieran sido incluidas en planes de facilidades de pago a través del Sistema “MIS FACILIDADES”. |
Condiciones del plan:
| La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de CIENTO VEINTE (120). | ||
| Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. | ||
| El monto de cada cuota deberá ser igual o superior a CIENTO CINCUENTA PESOS ($ 150.-). | ||
| La tasa de interés mensual de financiamiento será de UNO CON TREINTA Y CINCO CENTESIMOS POR CIENTO (1,35%). |
Adhesión al plan:
| La adhesión al régimen previsto en esta resolución general, podrá solicitarse por única vez y hasta el día 31 de julio de 2013, inclusive. | ||
| Deberá realizar la adhesión a través del servicio disponible con clave fiscal, “Mis Facilidades”, utilizando la opción “PLAN DE FACILIDADES DE PAGO RG 3.451”. | ||
| Se podrá solicitar la cancelación anticipada a partir del mes en que se produce el vencimiento de la segunda cuota del plan de facilidades de pago de que se trate. |