martes, 25 de diciembre de 2012

Declaración Jurada Anticipada de Pagos al Exterior (DAPE)

La AFIP a través de la Resolución 3417  creó una nueva ventanilla ante la que deberán presentarse todas las empresas que pretendan girar divisas al exterior por las siguientes operaciones: remitir utilidades a sus casas matrices o pagar dividendos, cancelar deudas financieras originadas en compras de mercancías no ingresadas al mercado local y vendidas a terceros países, pagar intereses por deudas y  cancelar gastos derivados del envío o la recepción por vía aérea de mercancías que pesen hasta 50 kilos y cuyo valor no supere los 1000 dólares, lo que se conoce como régimen de courier o subregímenes de importación simplificada.

Texto Resolución 3417 AFIP

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