miércoles, 19 de diciembre de 2012

"Beneficio Decreto 2191/12" sobre Aguinaldo deberá discriminarse en el recibo de sueldos

El monto del beneficio que reciban los trabajadores registrados por no tributar Impuesto a las Ganancias en su aguinaldo de diciembre deberá estar especificado en su recibo de haberes, según lo establecido por la Resolución 3413 AFIP. 
Los  empleadores que deban actuar como agentes de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto ’Beneficio Decreto Nº 2.191/12’".
Recordamos que el 14 de noviembre pasado el Gobierno anunció un beneficio para  los trabajadores registrados con sueldos brutos de hasta 25.000 pesos que se oficializó a través del decreto 2191.

Texto Resolución 3413 AFIP 

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