El monto del
beneficio que reciban los trabajadores registrados por no tributar
Impuesto a las Ganancias en su aguinaldo de diciembre deberá estar
especificado en su recibo de haberes, según lo establecido por la Resolución 3413 AFIP.
Los empleadores que deban actuar como agentes
de retención identificarán el importe respectivo bajo el concepto
’Beneficio Decreto Nº 2.191/12’".
Recordamos que el 14 de noviembre pasado el Gobierno anunció un beneficio para los
trabajadores registrados con sueldos brutos de hasta 25.000 pesos que se oficializó a través del decreto 2191.
Texto Resolución 3413 AFIP
Texto Resolución 3413 AFIP
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