A través de la Resolución 3414 AFIP se estableció un régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y
pago de los impuestos al valor agregado, a las ganancias y a la ganancia mínima
presunta, cuyos vencimientos operen durante el mes de enero de cada año.
Los contribuyentes que opten por este régimen deberán ingresar un pago a cuenta por cada obligación, cuyo importe
será determinado en forma automática por la AFIP, tomando en
consideración determinados parámetros obrantes en las bases de datos del
Organismo.
Para adherir al presente régimen opcional se deberá ingresar, mediante el uso
de la “Clave Fiscal” al servicio denominado
“Mis aplicaciones Web”, seleccionando el “Formulario 1239 - Opción Feria
Fiscal”.
La opción podrá ser ejercida anualmente durante el período comprendido entre
el día 27 de diciembre de cada año y el día hábil inmediato anterior al
primer vencimiento del mes de enero del año siguiente para el impuesto al
valor agregado. Su ejercicio revestirá carácter definitivo, no pudiendo ser
anulada ni rectificada.
El ejercicio de la opción comprenderá a la totalidad de los impuestos
previstos por esta resolución general a cargo del contribuyente de que se trate,
no resultando en consecuencia procedente adherir únicamente por alguno de los
aludidos gravámenes.
Texto Resolución 3414 AFIP
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