martes, 25 de diciembre de 2012

Régimen opcional para la presentación de DDJJ y pagos con vencimiento durante el mes de enero de cada año.

A través de la Resolución 3414 AFIP  se estableció un régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pago de los impuestos al valor agregado, a las ganancias y a la ganancia mínima presunta, cuyos vencimientos operen durante el mes de enero de cada año.
Los contribuyentes que opten por este régimen  deberán ingresar un pago a cuenta por cada obligación, cuyo importe será determinado en forma automática por  la AFIP, tomando en consideración determinados parámetros obrantes en las bases de datos del Organismo.
Para adherir al presente régimen opcional se deberá ingresar, mediante el uso de la “Clave Fiscal” al servicio denominado “Mis aplicaciones Web”, seleccionando el “Formulario 1239 - Opción Feria Fiscal”.
La opción podrá ser ejercida anualmente durante el período comprendido entre el día 27 de diciembre de cada año y el día hábil inmediato anterior al primer vencimiento del mes de enero del año siguiente para el impuesto al valor agregado. Su ejercicio revestirá carácter definitivo, no pudiendo ser anulada ni rectificada.
El ejercicio de la opción comprenderá a la totalidad de los impuestos previstos por esta resolución general a cargo del contribuyente de que se trate, no resultando en consecuencia procedente adherir únicamente por alguno de los aludidos gravámenes.

Texto Resolución 3414 AFIP

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