Por Resolución Nº13/2012 la IGJ dispuso que la acreditación de publicaciones deberá realizarse mediante la impresión obtenida del sitio de internet oficial del medio gráfico correspondiente y en el caso del diario de publicaciones legales de la página de internet www.boletinoficial.gob.ar.
En el caso que el medio gráfico no cuente con esa posibilidad las publicaciones se presentarán recortadas y adheridas a papel, aclarándose fecha y medio de publicación.
Vigencia: 1º de enero de 2013.
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