lunes, 3 de julio de 2017

Declaración en Linea - Obligatorio hasta 400 empleados

La Resolución General Nro 4085 AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial estableció el  uso obligatorio de este sistema para empleadores  que registren hasta 400 empleados, inclusive, en el período mensual que se declara. Dichos empleadores deberán continuar utilizando el mencionado sistema   en la medida que incrementen su nómina hasta un máximo de 450 trabajadores inclusive.
La utilización del sistema será optativa para los empleadores que registren entre 401 y 450 empleados, ambas cantidades inclusive.
Esta Resolución modifica  la Resolución General Nro 2192 AFIP del 15 de enero de 2007 y sus modificatorias y será de aplicación para la presentaciones de declaraciones juradas (F931) correspondientes a los períodos devengados agosto 2017 y siguientes.

jueves, 18 de mayo de 2017

Monotributo - Emisión de comprobantes

A través de la Resolución 4053 la AFIP estableció que los talonarios de facturas impresas con  anterioridad a noviembre de 2014 podrán ser utilizadas hasta el 31 de mayo 2017.
Una vez cumplida la fecha indicada en el párrafo anterior, los comprobantes que quedaren en existencia, deberán ser inutilizados mediante la leyenda “ANULADO” y ser archivados.
A partir del día 1° de junio de 2017, inclusive, los documentos que se emitan deberán cumplir con las condiciones previstas en la Resolución  3.665, sin excepción.

martes, 9 de mayo de 2017

Data Fiscal por formulario 960/D - RG (AFIP) 4042-E

A partir del día 08/05/2017  los contribuyentes que realicen operaciones de ventas de bienes o locaciones o prestaciones de servicios con consumidores finales, alcanzados por la obligación de aceptar tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes, deberán exhibir el formulario 960/D - Data Fiscal, en reemplazo del formulario 960/NM. El nuevo formulario contará además de los datos identificatorios del contribuyente, las formas de pago aceptadas y el código de respuesta rápida (QR).

Para los restantes sujetos será aplicable en el momento de incorporación obligatoria al calendario previsto para la aceptación de medios de pago establecido por la RG (AFIP) 3997-E.

Fuente: CPCECABA

viernes, 5 de mayo de 2017

Monotributo - Recategorización 1º Cuatrimestre 2017



En relación con el Monotributo les recuerdo que:
1) El 22 de mayo de 2017 vence el plazo para que los Monotributistas se recategoricen de acuerdo a los nuevos parámetros establecidos para cada categoría por la Ley 27.346. En su  artículo 2º la ley incrementó los montos máximos de facturación a $ 700.000.- anuales para servicios y a $ 1.050.000.-  anuales para venta de cosas muebles. No corresponderá la recategorización cuando el sujeto deba permanecer en la misma categoría del Régimen Simplificado (RS).
2) Los Monotributistas excluidos del régimen durante el año 2016, por aplicación de los parámetros existentes antes de la nueva ley podrán volver, por única vez, a adherir al Monotributo hasta el 31 de mayo de 2017.
3) La presentación de la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral ha sido derogada.
4) A partir del 1º de mayo de 2011 se encuentra vigente la obligación de los Monotributistas, encuadrados en las categorias H y superiores, de emitir facturas electrónicas. Dicha obligación se extenderá a partir del 1º de junio de 2017 a las categorías F y  G. Quedan exceptuados las facturas o documentos clase "C" que respalden operaciones con consumidores finales.

viernes, 7 de abril de 2017

Nuevos montos de facturación PyMEs Año 2017

La Resolución Nº 103/ 2017 de  la Secretaria de Emprendedores  y de la Pequeña y Mediana Empresa elevó los límites de facturación para considerar encuadrada una empresa como PyME.

martes, 4 de abril de 2017

Bienes Personales - Valuaciones computables 2016

A través de la Resolución 4018 AFIP se establecieron las valuaciones computables para confeccionar las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondientes al año fiscal 2016.

Resolución 4018 AFIP

SiRADIG Año 2016 - Prórroga presentación

Los contribuyentes sujetos al régimen de retención del impuesto a las ganancias por sus rentas en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones (Resolución 2.437 y Modificatorias) que deban utilizar el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”  podrán efectuar la transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 Web correspondientes al período fiscal 2016, con carácter de excepción, hasta el 21 de abril de 2017 inclusive.

Fuente: Resolucíón 4023 AFIP (B.O. 04/04/17).